Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021060718)
Resolución de 8 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración ambiental estratégica de la modificación n.º 2 del Plan Territorial de La Vera.
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NÚMERO 52
MIércoles, 17 de marzo de 2021
14430
relativo a la protección del estado natural de los cauces, las obras e instalaciones en dominio
público hidráulico, actuaciones en las márgenes de los cauces, limitaciones a los usos en las
márgenes de los cauces, actuaciones situadas fuera de la zona de policía afectadas por la zona
de flujo preferente o por la zona inundable y sobre nuevas urbanizaciones.
Los proyectos que se desarrollen a través de la Modificación n.º 2 del Plan Territorial de La
Vera deberán cumplir con las siguientes directrices:
— En las zonas con presencia de vegetación autóctona y vegetación riparia principalmente
asociada a los cauces en su estado natural se perseguirá la conservación de la vegetación natural.
— Conservar y mantener el suelo y en su caso, su masa vegetal en las condiciones precisas
para evitar riesgos de erosión, contaminación y para la seguridad o salud públicas.
— Las zonas con valores ambientales que sean objeto de algún tipo de protección quedarán siempre sometido a la preservación de dichos valores, y comprenderá únicamente
los actos que la legislación ambiental autorice.
— La explotación de los recursos hídricos debe ser sostenible a largo plazo y cumplir con
las asignaciones hídricas del Plan Hidrológico de Cuenca que corresponda.
— Sobre la zona de flujo preferente sólo podrán ser autorizadas aquellas actuaciones no
vulnerables frente a las avenidas y que no supongan una reducción significativa de su
capacidad de desagüe.
— En cuanto a los riesgos se evitará o reducirán los riesgos naturales y tecnológicos y los
riesgos en la salud humana.
— Adaptación al Plan Integrado de Residuos de Extremadura 2016-2022.
— Compatibilización con el ciclo natural del agua y racionalización de su uso, protegiendo
y mejorando la calidad de la misma. Proyección de instalaciones que faciliten el ahorro
y la reutilización de la misma.
— Garantizar la evacuación y tratamiento adecuado de las aguas residuales y evitar la
infiltración de aguas residuales a las aguas subterráneas y superficiales impidiendo la
contaminación de las mismas.
— Deberán tener en cuenta las siguientes consideraciones:
- Los movimientos de tierra serán los mínimos imprescindibles.
MIércoles, 17 de marzo de 2021
14430
relativo a la protección del estado natural de los cauces, las obras e instalaciones en dominio
público hidráulico, actuaciones en las márgenes de los cauces, limitaciones a los usos en las
márgenes de los cauces, actuaciones situadas fuera de la zona de policía afectadas por la zona
de flujo preferente o por la zona inundable y sobre nuevas urbanizaciones.
Los proyectos que se desarrollen a través de la Modificación n.º 2 del Plan Territorial de La
Vera deberán cumplir con las siguientes directrices:
— En las zonas con presencia de vegetación autóctona y vegetación riparia principalmente
asociada a los cauces en su estado natural se perseguirá la conservación de la vegetación natural.
— Conservar y mantener el suelo y en su caso, su masa vegetal en las condiciones precisas
para evitar riesgos de erosión, contaminación y para la seguridad o salud públicas.
— Las zonas con valores ambientales que sean objeto de algún tipo de protección quedarán siempre sometido a la preservación de dichos valores, y comprenderá únicamente
los actos que la legislación ambiental autorice.
— La explotación de los recursos hídricos debe ser sostenible a largo plazo y cumplir con
las asignaciones hídricas del Plan Hidrológico de Cuenca que corresponda.
— Sobre la zona de flujo preferente sólo podrán ser autorizadas aquellas actuaciones no
vulnerables frente a las avenidas y que no supongan una reducción significativa de su
capacidad de desagüe.
— En cuanto a los riesgos se evitará o reducirán los riesgos naturales y tecnológicos y los
riesgos en la salud humana.
— Adaptación al Plan Integrado de Residuos de Extremadura 2016-2022.
— Compatibilización con el ciclo natural del agua y racionalización de su uso, protegiendo
y mejorando la calidad de la misma. Proyección de instalaciones que faciliten el ahorro
y la reutilización de la misma.
— Garantizar la evacuación y tratamiento adecuado de las aguas residuales y evitar la
infiltración de aguas residuales a las aguas subterráneas y superficiales impidiendo la
contaminación de las mismas.
— Deberán tener en cuenta las siguientes consideraciones:
- Los movimientos de tierra serán los mínimos imprescindibles.