Otras Resoluciones. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento.- (2021060719)
Resolución de 22 de febrero de 2021, de la Consejera, sobre modificación puntual n.º 11 del Plan General Municipal de Plasencia, relativa a la tolerancia de instalación de plantas fotovoltaicas en el suelo no urbanizable protegido N-5.
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 52

14381

MIércoles, 17 de marzo de 2021

SNUP-N5*

USOS

ALTURA MÁXIMA

OCUPACIÓN
EDIFICABILIDAD MÁXIMA
MÁXIMA

F2

TH

Todas las edificaciones

1 planta / 4 metros

10 %

1.500 m2

400 m2

G*

RU

Todas las edificaciones

1 planta / 4 metros

1,25 %

400 m2

400 m2

IP5 de Fuente
Eólica.
Instalaciones
específicas
(aerogeneradores,

Edificaciones
auxiliares (almacén,
control, etc.)

1 planta / 6 metros

0,5 %

300 m2

300 m2

H

H

subestación,
apoyos, etc.)

La necesaria para su

IP5 de Fuente
solar fotovoltaica.
Sólo admitidas en
SNUP-N5.b
Instalaciones
específicas
(placas solares,
subestación,
apoyos, etc.)

Edificaciones
auxiliares (almacén,
control, etc.)

No se

No se fija

funcionamiento.

1 planta / 6 metros

La necesaria para su
funcionamiento.

fija

0,5 %

No se fija

No se fija

300 m2

300 m2

No se
No se fija
fija

* Con las limitaciones de las notas de la tabla del artículo 11.2.1.4.

Artículo 11.3.6.4 Condiciones adicionales de la edificación [E]
Los proyectos de cualquiera de las construcciones permitidas en estos suelos deberán aportar
referencia explícita, detallada y gráfica, de las condiciones en que resultará el entorno.
Las construcciones permitidas se adaptarán por completo al paisaje, utilizándose materiales
del lugar o encalado blanco para las fachadas; teja árabe roja para las cubiertas; y carpintería
en tonos oscuros para el cierre de huecos; exigiéndose las siguientes condiciones complementarias:
• Con carácter general, se autorizan vallados de piedra del lugar con una altura máxima de
1,20 metros.