Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Habilitación Profesional.- (2021060687)
Resolución de 4 de marzo de 2021, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se establece el calendario de exámenes a celebrar durante el año 2021 para la obtención de los carnés y habilitaciones profesionales en distintas especialidades de instalador, mantenedor, reparador y operador, reguladas en los reglamentos de seguridad industrial en vigor.
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NÚMERO 51
Martes, 16 de marzo de 2021

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Así mismo, es objeto de esta resolución recoger la información sobre los trámites y plazos
en los que se desarrollarán los procesos de solicitud, admisión de aspirantes, realización de
pruebas, calificación, publicación de resultados y expedición de carnés o certificados, según
corresponda a cada especialidad.
2. El ámbito de aplicación de esta resolución se extiende a las siguientes especialidades:
— Instalador de productos petrolíferos líquidos (PPL), categoría I.
— Instalador de productos petrolíferos líquidos (PPL), categoría II.
— Reparador de productos petrolíferos líquidos (PPL), categoría III.
— Instalador de Gas, categoría A.
— Instalador de Gas, categoría B.
— Instalador de Gas, categoría C.
— Profesional de instalaciones térmicas en los edificios.
— Operador industrial de calderas.
— Gruista u operador de grúa torre.
— Operador de grúa móvil autopropulsada, categoría A.
— Operador de grúa móvil autopropulsada, categoría B.
Segundo. Localidad de celebración de los exámenes.
Los exámenes del año 2021 se celebrarán en Mérida, según las especialidades y fechas que
se establecen en el anexo I de esta resolución, salvo que por necesidades organizativas se
precise realizarlos en una ubicación distinta, en cuyo caso se dará conocimiento de dicha modificación en la publicación definitiva de admitidos del examen correspondiente.
Tercero. Aspirantes. Requisitos de participación.
Los requisitos generales que deberán cumplir los aspirantes para ser admitidos en la correspondiente convocatoria de examen, serán los siguientes:
1. R
 eunir, en la fecha de presentación de la solicitud, los requisitos de acceso al examen que
se indican en el anexo II de esta resolución para la especialidad correspondiente. En caso
de titulaciones obtenidas en el extranjero, se admitirán las titulaciones que se determinen