Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2021060709)
Resolución de 2 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de instalación dedicada a la producción de carbón vegetal, titularidad de Eduardo Rodríguez López, en el término municipal de Alconchel.
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NÚMERO 51
Martes, 16 de marzo de 2021
14177
1042/2017, de 22 de diciembre, sobre la limitación de las emisiones a la atmósfera de
determinados agentes contaminantes procedentes de las instalaciones de combustión
medianas y por el que se actualiza el anexo IV de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera.
- Foco 3: Chimenea asociada a horno de carbón vegetal de 168 m3 de volumen y
0,984 MW de potencia térmica nominal. Este foco de emisión se encuentra incluido
en el grupo C, código 03 01 06 04 según la actualización del catálogo de Actividades
Potencialmente Contaminadoras de la Atmósfera que se recoge en el Real Decreto
1042/2017, de 22 de diciembre, sobre la limitación de las emisiones a la atmósfera de
determinados agentes contaminantes procedentes de las instalaciones de combustión
medianas y por el que se actualiza el anexo IV de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera.
• La actividad se encuentra incluida en el Grupo C según la actualización del catálogo de
Actividades Potencialmente Contaminadoras de la Atmósfera que se recoge en el Real
Decreto 1042/2017, de 22 de diciembre, sobre la limitación de las emisiones a la atmósfera de determinados agentes contaminantes procedentes de las instalaciones de
combustión medianas y por el que se actualiza el anexo IV de la Ley 34/2007. Por tanto,
tal y como establece el artículo 13 de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad de
aire y protección de la atmósfera, deberá someterse a notificación de emisiones (trámite
que se incluirá en la autorización ambiental unificada del complejo industrial).
• El incremento de la contaminación de la atmósfera derivado del funcionamiento de la
instalación no supondrá que se sobrepasen los objetivos de calidad del aire establecidos
en el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire.
• Para evitar elevados niveles de emisión de partículas, se procederá al riego sistemático
de las superficies donde se lleve a cabo el manejo de la materia prima o del producto
terminado mediante maquinaria.
• Se propone en proyecto el almacenamiento de todo el carbón vegetal obtenido, bien en
el interior de nave ben en el interior de cobertizo, sobre superficie impermeable.
• La zona de enfriamiento de carbón vegetal tendrá pavimento impermeable a fin de prevenir la contaminación del suelo y un sistema estanco de recogida y almacenamiento de
las aguas de enfriamiento.
• Todas las maniobras de mantenimiento de la maquinaria se realizarán en instalaciones
autorizadas para ello, independientes a la actuación propuesta.
Martes, 16 de marzo de 2021
14177
1042/2017, de 22 de diciembre, sobre la limitación de las emisiones a la atmósfera de
determinados agentes contaminantes procedentes de las instalaciones de combustión
medianas y por el que se actualiza el anexo IV de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera.
- Foco 3: Chimenea asociada a horno de carbón vegetal de 168 m3 de volumen y
0,984 MW de potencia térmica nominal. Este foco de emisión se encuentra incluido
en el grupo C, código 03 01 06 04 según la actualización del catálogo de Actividades
Potencialmente Contaminadoras de la Atmósfera que se recoge en el Real Decreto
1042/2017, de 22 de diciembre, sobre la limitación de las emisiones a la atmósfera de
determinados agentes contaminantes procedentes de las instalaciones de combustión
medianas y por el que se actualiza el anexo IV de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera.
• La actividad se encuentra incluida en el Grupo C según la actualización del catálogo de
Actividades Potencialmente Contaminadoras de la Atmósfera que se recoge en el Real
Decreto 1042/2017, de 22 de diciembre, sobre la limitación de las emisiones a la atmósfera de determinados agentes contaminantes procedentes de las instalaciones de
combustión medianas y por el que se actualiza el anexo IV de la Ley 34/2007. Por tanto,
tal y como establece el artículo 13 de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad de
aire y protección de la atmósfera, deberá someterse a notificación de emisiones (trámite
que se incluirá en la autorización ambiental unificada del complejo industrial).
• El incremento de la contaminación de la atmósfera derivado del funcionamiento de la
instalación no supondrá que se sobrepasen los objetivos de calidad del aire establecidos
en el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire.
• Para evitar elevados niveles de emisión de partículas, se procederá al riego sistemático
de las superficies donde se lleve a cabo el manejo de la materia prima o del producto
terminado mediante maquinaria.
• Se propone en proyecto el almacenamiento de todo el carbón vegetal obtenido, bien en
el interior de nave ben en el interior de cobertizo, sobre superficie impermeable.
• La zona de enfriamiento de carbón vegetal tendrá pavimento impermeable a fin de prevenir la contaminación del suelo y un sistema estanco de recogida y almacenamiento de
las aguas de enfriamiento.
• Todas las maniobras de mantenimiento de la maquinaria se realizarán en instalaciones
autorizadas para ello, independientes a la actuación propuesta.