Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2021060709)
Resolución de 2 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de instalación dedicada a la producción de carbón vegetal, titularidad de Eduardo Rodríguez López, en el término municipal de Alconchel.
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NÚMERO 51
Martes, 16 de marzo de 2021
14175
2. Medidas en la fase pre-operativa.
• Antes de comenzar los trabajos se contactará con el Agente de Medio Natural de la zona,
a efectos de asesoramiento para una correcta realización de los mismos. La conclusión
de los trabajos se comunicará igualmente al Agente de Medio Natural de la zona, con el
fin de comprobar que se han realizado conforme a las condiciones técnicas establecidas.
• Se procederá previamente al inicio de las obras y los movimientos de tierra que conlleven, a la retirada selectiva del substrato edáfico para su utilización en las labores de
restauración definitivas.
• Se realizarán los mínimos movimientos de tierra posibles.
• Se adecuarán las instalaciones al entorno rural en que se ubican. En cualquiera de los
elementos constructivos se evitará la utilización de colores llamativos y acabados galvanizados o brillantes, manteniendo, en la medida de lo posible una estructura de edificación tradicional.
• Todas las maniobras de mantenimiento de la maquinaria deberán realizarse en instalaciones adecuadas para ello (cambios de aceite, etc.), evitando los posibles vertidos
accidentales al medio.
• Los aceites usados y residuos peligrosos que pueda generar la maquinaria de la obra, se
recogerán y almacenarán en recipientes adecuados para su evacuación y tratamiento por
gestor autorizado. Se habilitarán contenedores para los residuos no peligrosos generados durante las obras para su retirada por gestor autorizado. En todo caso se cumplirá
toda la normativa relativa a residuos.
• Una vez terminadas las obras se procederá a la limpieza general de las áreas afectadas,
retirando las instalaciones temporales, restos de máquinas y escombros, que serán entregados a gestor de residuos autorizado.
• Dentro de los seis meses siguientes a las obras de ampliación deberán estar ejecutadas
las obras de recuperación de las zonas alteradas que no se hubieran realizado durante la
fase de construcción.
3. Medidas en la fase operativa.
• Cuando los vientos reinantes dirijan el humo hacia la población o zonas habitadas, no
deberá entrar en funcionamiento la instalación o, en caso de que ya se encuentre en
funcionamiento, se actuará de manera que se minimice o evite la afección por humos a
estas zonas.
Martes, 16 de marzo de 2021
14175
2. Medidas en la fase pre-operativa.
• Antes de comenzar los trabajos se contactará con el Agente de Medio Natural de la zona,
a efectos de asesoramiento para una correcta realización de los mismos. La conclusión
de los trabajos se comunicará igualmente al Agente de Medio Natural de la zona, con el
fin de comprobar que se han realizado conforme a las condiciones técnicas establecidas.
• Se procederá previamente al inicio de las obras y los movimientos de tierra que conlleven, a la retirada selectiva del substrato edáfico para su utilización en las labores de
restauración definitivas.
• Se realizarán los mínimos movimientos de tierra posibles.
• Se adecuarán las instalaciones al entorno rural en que se ubican. En cualquiera de los
elementos constructivos se evitará la utilización de colores llamativos y acabados galvanizados o brillantes, manteniendo, en la medida de lo posible una estructura de edificación tradicional.
• Todas las maniobras de mantenimiento de la maquinaria deberán realizarse en instalaciones adecuadas para ello (cambios de aceite, etc.), evitando los posibles vertidos
accidentales al medio.
• Los aceites usados y residuos peligrosos que pueda generar la maquinaria de la obra, se
recogerán y almacenarán en recipientes adecuados para su evacuación y tratamiento por
gestor autorizado. Se habilitarán contenedores para los residuos no peligrosos generados durante las obras para su retirada por gestor autorizado. En todo caso se cumplirá
toda la normativa relativa a residuos.
• Una vez terminadas las obras se procederá a la limpieza general de las áreas afectadas,
retirando las instalaciones temporales, restos de máquinas y escombros, que serán entregados a gestor de residuos autorizado.
• Dentro de los seis meses siguientes a las obras de ampliación deberán estar ejecutadas
las obras de recuperación de las zonas alteradas que no se hubieran realizado durante la
fase de construcción.
3. Medidas en la fase operativa.
• Cuando los vientos reinantes dirijan el humo hacia la población o zonas habitadas, no
deberá entrar en funcionamiento la instalación o, en caso de que ya se encuentre en
funcionamiento, se actuará de manera que se minimice o evite la afección por humos a
estas zonas.