Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2021060681)
Resolución de 2 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación porcina promovida por Benito Ruiz González, en el término municipal de Benquerencia de la Serena.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 51
Martes, 16 de marzo de 2021
14124
Se realizará un adecuado mantenimiento de las balsas y de la red de saneamiento. Las balsas
se vaciarán siempre antes de superar los 2/3 de su capacidad de almacenamiento, momento
que se aprovechará para el mantenimiento de esta infraestructura, comprobando que se encuentra en condiciones óptimas, y reparando cualquier deficiencia de la instalación.
En el caso de que sean detectados productos químicos (desinfectantes), el vertido final almacenado será entregado a un gestor autorizado por el organismo competente, y para el caso
que no haya presencia de dichos residuos, el vertido final podrá ser empleado como fertilizante orgánico. Para facilitar la salida de los animales que pudieran caer accidentalmente en
balsas de purines, se instalarán dispositivos que aumenten la rugosidad de la superficie de la
lámina impermeabilizadora. Estos dispositivos deberán ser fijos y duraderos en el tiempo (en
caso de deterioro ser sustituidos), y podrán consistir en bandas de PVC rugoso (tipo moqueta), entramados metálicos, o material reutilizado como cintas transportadoras de goma con
rugosidades, etc. Cada dispositivo será de aproximadamente un metro de ancho y se colocará
al menos una en cada lado.
5. L
a explotación porcina dispondrá de un estercolero impermeable con capacidad suficiente
para almacenar la producción de, al menos, 15 días de estiércoles sólidos. El estercolero se
deberá vaciar antes de superar los 2/3 de su capacidad, momento en el que se comprobará
que se encuentra en condiciones óptimas, reparando cualquier deficiencia. Se realizará con
pendiente para que los lixiviados que se produzcan se dirijan a la fosa/balsa de purines.
6. L
as aguas residuales generadas en los aseos serán almacenadas en una fosa séptica estanca y serán gestionadas por gestor de residuos.
7. L
os residuos generados durante la fase de construcción deberán ser gestionados conforme
a lo establecido en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la
producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, y por el Decreto 20/2011,
de 25 de febrero, por el que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión
y gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
8. A
l finalizar los trabajos se llevará a cabo una limpieza general de todos aquellos restos generados durante la construcción de las instalaciones y se realizará la restauración ambiental de la zona aprovechando el substrato edáfico retirado antes del comienzo de las obras.
9. S
egún la documentación aportada no existirá iluminación exterior.
10. S
i durante la ejecución de las obras se hallasen restos u objetos con valor arqueológico,
el promotor y/o la dirección facultativa de la misma paralizarán inmediatamente los trabajos, tomarán las medidas adecuadas para la protección de los restos y comunicarán su
descubrimiento en el plazo de cuarenta y ocho horas a la Consejería de Cultura, Turismo
y Deportes.
Martes, 16 de marzo de 2021
14124
Se realizará un adecuado mantenimiento de las balsas y de la red de saneamiento. Las balsas
se vaciarán siempre antes de superar los 2/3 de su capacidad de almacenamiento, momento
que se aprovechará para el mantenimiento de esta infraestructura, comprobando que se encuentra en condiciones óptimas, y reparando cualquier deficiencia de la instalación.
En el caso de que sean detectados productos químicos (desinfectantes), el vertido final almacenado será entregado a un gestor autorizado por el organismo competente, y para el caso
que no haya presencia de dichos residuos, el vertido final podrá ser empleado como fertilizante orgánico. Para facilitar la salida de los animales que pudieran caer accidentalmente en
balsas de purines, se instalarán dispositivos que aumenten la rugosidad de la superficie de la
lámina impermeabilizadora. Estos dispositivos deberán ser fijos y duraderos en el tiempo (en
caso de deterioro ser sustituidos), y podrán consistir en bandas de PVC rugoso (tipo moqueta), entramados metálicos, o material reutilizado como cintas transportadoras de goma con
rugosidades, etc. Cada dispositivo será de aproximadamente un metro de ancho y se colocará
al menos una en cada lado.
5. L
a explotación porcina dispondrá de un estercolero impermeable con capacidad suficiente
para almacenar la producción de, al menos, 15 días de estiércoles sólidos. El estercolero se
deberá vaciar antes de superar los 2/3 de su capacidad, momento en el que se comprobará
que se encuentra en condiciones óptimas, reparando cualquier deficiencia. Se realizará con
pendiente para que los lixiviados que se produzcan se dirijan a la fosa/balsa de purines.
6. L
as aguas residuales generadas en los aseos serán almacenadas en una fosa séptica estanca y serán gestionadas por gestor de residuos.
7. L
os residuos generados durante la fase de construcción deberán ser gestionados conforme
a lo establecido en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la
producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, y por el Decreto 20/2011,
de 25 de febrero, por el que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión
y gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
8. A
l finalizar los trabajos se llevará a cabo una limpieza general de todos aquellos restos generados durante la construcción de las instalaciones y se realizará la restauración ambiental de la zona aprovechando el substrato edáfico retirado antes del comienzo de las obras.
9. S
egún la documentación aportada no existirá iluminación exterior.
10. S
i durante la ejecución de las obras se hallasen restos u objetos con valor arqueológico,
el promotor y/o la dirección facultativa de la misma paralizarán inmediatamente los trabajos, tomarán las medidas adecuadas para la protección de los restos y comunicarán su
descubrimiento en el plazo de cuarenta y ocho horas a la Consejería de Cultura, Turismo
y Deportes.