Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2021060681)
Resolución de 2 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación porcina promovida por Benito Ruiz González, en el término municipal de Benquerencia de la Serena.
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NÚMERO 51
Martes, 16 de marzo de 2021

14122

Durante el procedimiento de evaluación se ha solicitado y recibido informe del Servicio de
Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas y de la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
• El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, emite informe con fecha
4 de diciembre de 2020, en el que comunica que la actividad solicitada no se encuentra
incluida dentro del lugar de la Red Natura 2000 y que los valores naturales reconocidos
en el Anexo I de la Directiva de Aves 2009/147/CE, en los hábitats y especies de los
Anexos I y II de la Directiva Hábitats 92/43/CEE, y en el Anexo I del Catálogo Regional
de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001) son:


- Zona de campeo y alimentación de especies esteparias como sisón, aguilucho cenizo,
cernícalo primilla, avutarda, milano real, elanio azul, …etc.



- Presencia de hábitat natural de Dehesas Perennifolias de Quercus Spp. (Cód. 6310)

En cuanto a la valoración del grado de afección, informa favorablemente la actividad solicitada, ya que no es susceptible de afectar de forma apreciable a especies del Anexo I del
Catálogo Regional de Especies Amenazadas o a hábitats de la Directiva 92/43/CEE, siempre
que se cumplan una serie de condiciones, las cuales han sido recogidas en este informe de
impacto ambiental.
• La Confederación Hidrográfica del Guadiana emite informe recibido con fecha 15 de octubre de 2020, en el que se informa que el cauce más cercano es el Arroyo del Venero
ubicado a 100 m aproximadamente, con respecto a la afección al régimen y aprovechamiento de las aguas continentales o a los usos permitidos en terrenos de dominio público
hidráulico (DPH) y en sus zonas de servidumbre y policía, indica que no se prevé afección
física alguna a cauces que constituyan el DPH del Estado, ni a las zonas de servidumbre
y policía, en relación con el consumo de agua el informe indica que no existe ningún
derecho de aguas para uso ganadero y una serie de características generales relativas al
vertido a DPH, algunas de las cuales han sido recogidas en el presente informe.
Durante el procedimiento de evaluación también se solicitó y recibió informe del Agente del
Medio Natural.
Se considera que la actividad no causará impactos ambientales significativos siempre y cuando se cumplan las siguientes medidas preventivas, correctoras y complementarias:
• Medidas preventivas y correctoras en la fase de construcción.


1. A
 decuar las edificaciones e instalaciones auxiliares al entorno rural en el que se ubican. Se recomienda para los exteriores colores con tonos tostados, ocre o albero y