Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2021060685)
Resolución de 2 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, en el procedimiento de autorización ambiental unificada para el proyecto de modificación sustancial de la autorización ambiental unificada de la industria de conservas vegetales ultracongeladas, cuyo titular es Monliz España, SLU, en el término municipal Villafranco del Guadiana.
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NÚMERO 51
Martes, 16 de marzo de 2021

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Todas las maniobras de mantenimiento de la maquinaria deberán realizarse en instalaciones
adecuadas para ello (cambios de aceite, etc.), evitando los posibles vertidos accidentales al
medio.
Los aceites usados y residuos peligrosos que pueda generar la maquinaria de la obra, se recogerán y almacenarán en recipientes adecuados para su evacuación y tratamiento por gestor
autorizado. Se habilitarán contenedores para los residuos no peligrosos generados durante
las obras para su retirada por gestor autorizado. En todo caso se cumplirá toda la normativa
relativa a residuos.
Una vez terminadas las obras de ampliación se procederá a la limpieza general de las áreas
afectadas, retirando las instalaciones temporales, restos de máquinas y escombros, que serán
entregados a gestor de residuos autorizado.
Dentro de los seis meses siguientes a las obras de ampliación deberán estar ejecutadas las
obras de recuperación de las zonas alteradas que no se hubieran realizado durante la fase de
construcción.
c. Medidas en fase de explotación.
La industria va a dar lugar a la generación de los siguientes efluentes:
— Aguas residuales sanitarias.
— Aguas residuales industriales procedentes del proceso productivo.
— Aguas pluviales.
Se dispondrá de tres redes separativas de aguas residuales: una para aguas sanitarias, otra
para aguas residuales industriales y una última para aguas pluviales.
Las aguas sanitarias serán conducidas para su vertido a la red de saneamiento municipal de
Villafranco del Guadiana. El vertido deberá realizarse en las condiciones establecidas en la
correspondiente licencia municipal de vertido.
Las aguas residuales industriales serán conducidas a Estación Depuradora de Aguas Residuales para su depuración previamente a su vertido a cauce público.
El vertido deberá cumplir las condiciones establecidas por la Confederación Hidrográfica del
Guadiana en su autorización de vertido.
Las aguas pluviales procedentes de las cubiertas y de la urbanización de la parcela serán
vertidas al terreno.