Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2021060685)
Resolución de 2 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, en el procedimiento de autorización ambiental unificada para el proyecto de modificación sustancial de la autorización ambiental unificada de la industria de conservas vegetales ultracongeladas, cuyo titular es Monliz España, SLU, en el término municipal Villafranco del Guadiana.
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NÚMERO 51
Martes, 16 de marzo de 2021

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los focos de emisiones: limpieza y revisión periódica de las instalaciones de depuración;
paradas por averías; etc. Esta documentación estará a disposición de cualquier agente
de la autoridad en la propia instalación, debiendo ser conservada por el titular de la instalación durante al menos diez años. Este archivo podrá ser físico o telemático y no será
preciso que esté sellado ni foliado por la DGS.
Vertidos:
13. E
 l titular deberá llevar a cabo el control de las aguas residuales que establezcan en sus
correspondientes ámbitos competenciales tanto el Ayuntamiento de Badajoz como la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
Suministro de información:
14. E
 l titular remitirá, anualmente, durante los tres primeros meses de cada año natural, a la
DGS una declaración responsable sobre el cumplimiento de las obligaciones de vigilancia
y seguimiento ambiental recogidas en este capítulo -g-, a la que habrá de acompañar la
información correspondiente y los resultados de los controles periódicos realizados durante el año anterior.
-h- Actuaciones y medidas en situaciones de condiciones anormales de funcionamiento.
Fugas y fallos de funcionamiento:
1. E
 n caso de que se produjese un incidente o accidente de carácter ambiental, incluyendo la
superación de los valores límite de emisión de contaminantes o el incumplimiento de cualquier otra condición de la AAU, el titular de la instalación deberá:
a) C
 omunicarlo, mediante los medios más eficaces a su alcance y sin perjuicio de la
correspondiente comunicación por escrito adicional, a la Dirección General de Sostenibilidad inmediatamente y, en caso de aspectos relacionados con vertidos de aguas
residuales, también a la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
b) A
 doptar las medidas necesarias para volver a la situación de cumplimiento en el plazo
más breve posible y, cuando exista un peligro inminente para la salud de las personas
o el medio ambiente, reducir o suspender el funcionamiento de la instalación.
2. E
 n el caso particular de producirse cualquier incidente en la actividad que pueda causar una
afección al suelo, así como si en el emplazamiento se detectaran indicios de contaminación
del suelo, el titular de la actividad informará inmediatamente de estas circunstancias a la
Dirección General de Sostenibilidad, a fin de adoptar las medidas que se estimen necesarias.