Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021060661)
Resolución de 24 de febrero de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de ampliación de explotación porcina en el término municipal de Torrecillas de la Tiesa (Cáceres), cuyo promotor es Agropecuaria Cachiporro, SL. Expte.: IA19/0062.
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NÚMERO 50
Lunes, 15 de marzo de 2021
13965
ningún concepto, acúmulos de materiales, como hormigón, tierras, etc., debiendo proceder
a depositarlo según la legislación correspondiente. La totalidad de las infraestructuras e
instalaciones quedarán integradas en el entorno.
7. Se controlará la emisión de gases contaminantes de los vehículos y maquinaria con su
continua puesta a punto, así como la generación de ruidos.
8. Todas las maniobras de mantenimiento de la maquinaria se realizarán en instalaciones
adecuadas para ello (cambios de aceite, etc.), evitando los posibles vertidos accidentales
al medio. Los aceites usados y residuos peligrosos que pueda generar la maquinaria de la
obra se recogerán y almacenarán en recipientes adecuados para su evacuación y tratamiento por gestor autorizado.
9. Las cubiertas exteriores de las instalaciones deberán presentar materiales que atenúen su
impacto visual, con colores mate y no brillante. Los acabados de las construcciones deberán ser de tonos que se integren lo mejor posible en el entorno, utilizando tonos tostados
u ocres, en lugar de blanco, para los exteriores. Las tolvas de alimentación y depósitos de
agua deberán ser del mismo color que las cubiertas de las instalaciones.
10. En la construcción de las instalaciones se pondrá especial atención en la retirada de cualquier material no biodegradable, contaminante o perjudicial para la fauna que se obtenga
a la hora de realizar los trabajos (plásticos, metales, etc.). Estos sobrantes deberán gestionarse por gestor autorizado.
11. Los residuos de construcción y demolición (RCD) que se generen durante la ejecución del
proyecto, se deberán separar adecuadamente y entregar a una planta de reciclaje autorizada para su tratamiento, cumpliendo en todo caso lo establecido en el Real Decreto
105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos
de construcción y demolición, y en el Decreto 20/2011, de 25 de febrero, por el que se
establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
12. Las medidas de integración, restauración y revegetación deberán estar ejecutadas antes
de 6 meses desde la finalización de las obras. En relación con las plantaciones, al estar
sujetas a épocas de plantación, condicionantes climáticos, etc., se ejecutarán en el primer
periodo de plantación una vez finalizadas las obras. Dichas plantaciones estarán sujetas
al seguimiento de su viabilidad y por tanto a posibles reposiciones de marras posteriores
(incluido en el Programa de vigilancia y seguimiento ambiental).
13. Se limitarán los trabajos en la explotación de forma que se realicen durante el horario
diurno de forma que se eviten molestias y minimice la posible afección por ruidos.
Lunes, 15 de marzo de 2021
13965
ningún concepto, acúmulos de materiales, como hormigón, tierras, etc., debiendo proceder
a depositarlo según la legislación correspondiente. La totalidad de las infraestructuras e
instalaciones quedarán integradas en el entorno.
7. Se controlará la emisión de gases contaminantes de los vehículos y maquinaria con su
continua puesta a punto, así como la generación de ruidos.
8. Todas las maniobras de mantenimiento de la maquinaria se realizarán en instalaciones
adecuadas para ello (cambios de aceite, etc.), evitando los posibles vertidos accidentales
al medio. Los aceites usados y residuos peligrosos que pueda generar la maquinaria de la
obra se recogerán y almacenarán en recipientes adecuados para su evacuación y tratamiento por gestor autorizado.
9. Las cubiertas exteriores de las instalaciones deberán presentar materiales que atenúen su
impacto visual, con colores mate y no brillante. Los acabados de las construcciones deberán ser de tonos que se integren lo mejor posible en el entorno, utilizando tonos tostados
u ocres, en lugar de blanco, para los exteriores. Las tolvas de alimentación y depósitos de
agua deberán ser del mismo color que las cubiertas de las instalaciones.
10. En la construcción de las instalaciones se pondrá especial atención en la retirada de cualquier material no biodegradable, contaminante o perjudicial para la fauna que se obtenga
a la hora de realizar los trabajos (plásticos, metales, etc.). Estos sobrantes deberán gestionarse por gestor autorizado.
11. Los residuos de construcción y demolición (RCD) que se generen durante la ejecución del
proyecto, se deberán separar adecuadamente y entregar a una planta de reciclaje autorizada para su tratamiento, cumpliendo en todo caso lo establecido en el Real Decreto
105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos
de construcción y demolición, y en el Decreto 20/2011, de 25 de febrero, por el que se
establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
12. Las medidas de integración, restauración y revegetación deberán estar ejecutadas antes
de 6 meses desde la finalización de las obras. En relación con las plantaciones, al estar
sujetas a épocas de plantación, condicionantes climáticos, etc., se ejecutarán en el primer
periodo de plantación una vez finalizadas las obras. Dichas plantaciones estarán sujetas
al seguimiento de su viabilidad y por tanto a posibles reposiciones de marras posteriores
(incluido en el Programa de vigilancia y seguimiento ambiental).
13. Se limitarán los trabajos en la explotación de forma que se realicen durante el horario
diurno de forma que se eviten molestias y minimice la posible afección por ruidos.