Administración De Justicia. Juzgado De Lo Mercantil N.º 1 De Badajoz. Notificaciones.- (2021ED0048)
Edicto de 12 de diciembre de 2020 sobre notificación de sentencia dictada en el concurso abreviado n.º 108/2018.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 50

14007

Lunes, 15 de marzo de 2021

IV

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 1 DE BADAJOZ
EDICTO de 12 de diciembre de 2020 sobre notificación de sentencia dictada
en el concurso abreviado n.º 108/2018 (2021ED0048)
JDO. DE LO MERCANTIL N.º 1 DE BADAJOZ
C/ Castillo Puebla de Alcocer, 20
Teléfono: 924286421 Fax: 924286455
Correo electrónico: mercantil1.badajoz@justicia.es
Equipo/usuario: 1
Modelo: 76000J
N.I.G.: 06015 47 1 2018 0000109
S6C SECCION VI CALIFICACION CONCURSO 0000108 /2018
Procedimiento origen: CNA CONCURSO ABREVIADO 0000108 /2018 Sobre OTRAS MATERIAS
SOLICITANTE D/ña. INMOVERDE DEL GUADIANA S L
Procurador/a Sr/a. Maria Lorena Ruiz Aledo
EDICTO
D.ª Lucía Peces Gómez, Letrado de la Administración de Justicia, del Juzgado de lo Mercantil
n.º 1 de Badajoz, por el presente,
ANUNCIO:
En el presente procedimiento de la mercantil en concurso INMOVERDE DEL GUADIANA SL se
ha dictado la sentencia cuya parte dispositiva es la siguiente:
FALLO
Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por La Administración Concursal y el Ministerio Fiscal en el concurso de INMOVERDE DEL GUADIANA S.L., declarando
culpable el concurso de la entidad citada, y la condena de Doña María Victoria Grano de Oro
Guerrero, y Don Ángel Romero Grano De Oro, y Don Francisco Romero Guerrero como administradora social en los dos años anteriores a la declaración del concurso, y administradores
de hecho de la entidad.