Otras Resoluciones. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento.- (2021060715)
Resolución de 3 de febrero de 2021, de la Consejera, relativa a la modificación puntual n.º 10 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Hernán Pérez, que afecta al polígono industrial "El Colmenar" (Sector SB).
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NÚMERO 49
Viernes, 12 de marzo de 2021
13680
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO
RESOLUCIÓN de 3 de febrero de 2021, de la Consejera, relativa a la
modificación puntual n.º 10 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento
Municipal de Hernán Pérez, que afecta al polígono industrial "El Colmenar"
(Sector SB). (2021060715)
Visto el expediente epigrafiado, en el que consta informe de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura en su sesión de 25 de junio de 2020.
De conformidad con lo previsto en el artículo 5.2.j del Decreto 50/2016, de 26 de abril, de
atribuciones de los órganos urbanísticos y de ordenación del territorio, y de organización y
funcionamiento de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura; y
atendiendo a lo dispuesto en al dictamen favorable n.º 1/2021, de de fecha 21 de enero de
2021 de la Comisión Jurídica de Extremadura, corresponde el conocimiento del asunto más
arriba señalado, al objeto de su resolución, a la Consejera de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio.
Las competencias en materia de ordenación del territorio y urbanismo se encuentran actualmente asignadas a la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio,
mediante Decreto del Presidente 16/2019, de 1 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE de 2 de julio de 2019).
Por Decreto 87/2019, de 2 de agosto, se estableció la estructura orgánica de la Consejería
de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio. Atribuyéndose, en ambos casos y en
virtud de los mismos, a la actual Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio
el ejercicio de estas competencias, así como la de asegurar el funcionamiento de la Comisión
de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura.
Así mismo, la disposición adicional priimera del citado Decreto 87/2019 indica que “las referencias del ordenamiento a los órganos suprimidos, se entenderán realizadas a los que en
esta misma norma se crean, los sustituyen o asumen sus competencias”.
La disposición transitoria cuarta de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura (LOTUS), bajo el epígrafe “Planes e instrumentos
de ordenación urbanística en tramitación en el momento de entrada en vigor de esta ley”, y
en su nueva redacción dada por Decreto-Ley 10/2020, de 22 de mayo (DOE de 25 de mayo
de 2020), dispone:
Viernes, 12 de marzo de 2021
13680
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO
RESOLUCIÓN de 3 de febrero de 2021, de la Consejera, relativa a la
modificación puntual n.º 10 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento
Municipal de Hernán Pérez, que afecta al polígono industrial "El Colmenar"
(Sector SB). (2021060715)
Visto el expediente epigrafiado, en el que consta informe de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura en su sesión de 25 de junio de 2020.
De conformidad con lo previsto en el artículo 5.2.j del Decreto 50/2016, de 26 de abril, de
atribuciones de los órganos urbanísticos y de ordenación del territorio, y de organización y
funcionamiento de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura; y
atendiendo a lo dispuesto en al dictamen favorable n.º 1/2021, de de fecha 21 de enero de
2021 de la Comisión Jurídica de Extremadura, corresponde el conocimiento del asunto más
arriba señalado, al objeto de su resolución, a la Consejera de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio.
Las competencias en materia de ordenación del territorio y urbanismo se encuentran actualmente asignadas a la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio,
mediante Decreto del Presidente 16/2019, de 1 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE de 2 de julio de 2019).
Por Decreto 87/2019, de 2 de agosto, se estableció la estructura orgánica de la Consejería
de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio. Atribuyéndose, en ambos casos y en
virtud de los mismos, a la actual Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio
el ejercicio de estas competencias, así como la de asegurar el funcionamiento de la Comisión
de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura.
Así mismo, la disposición adicional priimera del citado Decreto 87/2019 indica que “las referencias del ordenamiento a los órganos suprimidos, se entenderán realizadas a los que en
esta misma norma se crean, los sustituyen o asumen sus competencias”.
La disposición transitoria cuarta de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura (LOTUS), bajo el epígrafe “Planes e instrumentos
de ordenación urbanística en tramitación en el momento de entrada en vigor de esta ley”, y
en su nueva redacción dada por Decreto-Ley 10/2020, de 22 de mayo (DOE de 25 de mayo
de 2020), dispone: