Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021060625)
Resolución de 1 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual del Plan General Municipal de Alange. Expte.: IA20/758.
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NÚMERO 49
13826
Viernes, 12 de marzo de 2021
LISTADO DE CONSULTADOS
RESPUESTAS
D.G. de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias
-
Dirección General de Movilidad e Infraestructuras Viarias
X
Agente del Medio Natural UTV 7
-
ADENEX
-
Sociedad Española de Ornitología
-
Ecologistas en Acción
-
3. Análisis según los criterios del Anexo VIII de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Una vez estudiada la documentación que obra en el expediente administrativo, y considerando las respuestas recibidas a las consultas realizadas, se lleva a cabo el análisis que a continuación se describe, según los criterios recogidos en el anexo VIII de la Ley 16/2015, de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a los efectos
de determinar si la modificación puntual del Plan General Municipal de Alange, tiene efectos
significativos sobre el medio ambiente y, por tanto, si resulta necesario su sometimiento al
procedimiento de evaluación ambiental ordinaria regulado en la Subsección 1.ª, de la Sección
1.ª del Capítulo VII del Título I de dicha ley.
3.1. Características de la modificación puntual.
La modificación puntual del Plan General Municipal de Alange objeto de estudio consiste en
el cambio de clasificación de una superficie de 233.704 m2 de la parcela 55 del polígono 9,
que actualmente se corresponde con Suelo No Urbanizable de Protección Estructural Agrícola
a Suelo No Urbanizable Común Innecesario (SNU-IN). Las características del área afectada
por la modificación se asemejan en cuanto a las características ambientales y a los usos del
suelo a las del resto de la parcela que ya se encuentra clasificada como Suelo No Urbanizable
Común Innecesario.
13826
Viernes, 12 de marzo de 2021
LISTADO DE CONSULTADOS
RESPUESTAS
D.G. de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias
-
Dirección General de Movilidad e Infraestructuras Viarias
X
Agente del Medio Natural UTV 7
-
ADENEX
-
Sociedad Española de Ornitología
-
Ecologistas en Acción
-
3. Análisis según los criterios del Anexo VIII de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Una vez estudiada la documentación que obra en el expediente administrativo, y considerando las respuestas recibidas a las consultas realizadas, se lleva a cabo el análisis que a continuación se describe, según los criterios recogidos en el anexo VIII de la Ley 16/2015, de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a los efectos
de determinar si la modificación puntual del Plan General Municipal de Alange, tiene efectos
significativos sobre el medio ambiente y, por tanto, si resulta necesario su sometimiento al
procedimiento de evaluación ambiental ordinaria regulado en la Subsección 1.ª, de la Sección
1.ª del Capítulo VII del Título I de dicha ley.
3.1. Características de la modificación puntual.
La modificación puntual del Plan General Municipal de Alange objeto de estudio consiste en
el cambio de clasificación de una superficie de 233.704 m2 de la parcela 55 del polígono 9,
que actualmente se corresponde con Suelo No Urbanizable de Protección Estructural Agrícola
a Suelo No Urbanizable Común Innecesario (SNU-IN). Las características del área afectada
por la modificación se asemejan en cuanto a las características ambientales y a los usos del
suelo a las del resto de la parcela que ya se encuentra clasificada como Suelo No Urbanizable
Común Innecesario.