Anuncios. Fundación Jóvenes Y Deportes. Premios.- (2021080217)
Anuncio de 2 de marzo de 2021 sobre las bases reguladoras de la convocatoria de los II Premios "Diputación Contigo".
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NÚMERO 48
Jueves, 11 de marzo de 2021

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Sexta. Criterios de selección.
En el caso de los Premios «Diputación Contigo Talento», el jurado valorará los resultados
significativos y de relevancia en competiciones nacionales y/o internacionales en categorías
sub23 o inferiores en la modalidad deportiva correspondiente, compatibilizando la práctica
deportiva con la obtención de brillantes resultados en el ámbito académico.
En este sentido, solo se tendrán en cuenta y, por tanto, se valorarán los resultados deportivos
conseguidos en el plazo establecido en las bases primera y cuarta, que se acrediten en base
al modelo contenido en el anexo III de la presente convocatoria y expedido por las Federaciones Deportivas Autonómicas, Nacionales y/o Internacionales, u otras entidades deportivas
competentes aceptadas por la Fundación, así como los resultados en el ámbito académico que
vengan acreditados formalmente por el centro educativo o autoridad educativa competente
y circunscritos al último curso académico finalizado en el momento en el que se presente la
candidatura.
En el caso de los Premios «Diputación Contigo Singulares», el jurado valorará la realización,
en el plazo establecido en las bases primera y cuarta, de algún proyecto deportivo de carácter
singular y extraordinario en base a las características del mismo.
Al margen de lo estipulado anteriormente en la presente base, se establecerán como criterios
de selección previos considerar el mismo número de candidaturas premiadas de cada provincia y determinar la paridad entre el número de candidaturas premiadas, todo ello aplicable de
manera independiente a cada modalidad de premios y entendiendo como criterio paritario un
porcentaje de, al menos, 60%-40%.
Lo recogido en el párrafo anterior, tan solo será de aplicación en el caso de que se reciban suficientes propuestas de candidaturas que cumplan los requisitos establecidos en las bases de
la convocatoria, de manera que, aplicando los criterios previos estipulados, se puedan otorgar
el máximo número de premios de cada modalidad recogidos en la base tercera, punto 2, todo
ello aplicable de manera independiente a cada criterio y modalidad de premios.
Séptima. Incompatibilidades.
1. No se admitirán, en ningún caso, las candidaturas que se propongan para premiar a las
personas deportistas o entidades que:
a) Soliciten el premio para sí mismas.
b) Hayan recibido becas, ayudas, premios, patrocinios y/o subvenciones, ya sean económicas o de otra tipología, para el desarrollo del mismo proyecto deportivo o por la