Anuncios. Fundación Jóvenes Y Deportes. Premios.- (2021080217)
Anuncio de 2 de marzo de 2021 sobre las bases reguladoras de la convocatoria de los II Premios "Diputación Contigo".
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NÚMERO 48
Jueves, 11 de marzo de 2021

13623

Fundación Jóvenes y Deporte.
Avda. Valhondo, s/n. Edificio III Milenio. Módulo 4 – 4ª Planta.
06800 – Mérida (Badajoz).
En el caso de que se opte por presentar la documentación a través de correo electrónico,
la Fundación Jóvenes y Deporte deberá confirmar a través del mismo medio su correcta
recepción, de lo contrario la propuesta de candidatura se considerará como no presentada.
Así mismo, toda la documentación presentada por correo electrónico deberá ser enviada
en formato pdf.
En el caso de que se optara por presentar la documentación en una oficina de Correos, se
hará en sobre abierto para que el formulario de propuesta de candidatura sea fechado y
sellado antes de ser certificado. En caso contrario y que la solicitud se recibiera fuera del
plazo de presentación de candidaturas establecido en el párrafo siguiente, esta se considerará como presentada fuera de plazo.
3. E
 l plazo para la presentación de candidaturas será desde el día siguiente de la publicación
de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) hasta el 29 de octubre de 2021, ambos incluidos.
4. La Fundación Jóvenes y Deporte podrá solicitar a la persona, grupo de personas o entidad
propuesta, a la proponente o a cualquier otra entidad competente para ello, y a través
del medio o de los medios que se consideren oportunos, la documentación necesaria que
acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, siendo válidos única
y exclusivamente los modelos que fueren facilitados por la propia Fundación, así como los
documentos específicos solicitados por la misma.
En el caso de que la persona, grupo de personas o entidad propuesta o aquella que propone la candidatura no presenten la totalidad de la documentación solicitada, a entera
satisfacción de la Fundación, o no lo hicieran en el plazo establecido y a través del medio
o de los medios que se estimen, la Fundación podrá entender por desistida la candidatura.
En todo caso, la documentación presentada no será devuelta y se podrá no mantener correspondencia postal o electrónica sobre las candidaturas recibidas salvo, en su caso, el
acuse de recibo, lo determinado en el punto anterior y todas aquellas comunicaciones que
la Fundación considere oportunas.