Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2021060653)
Resolución de 4 de marzo de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el desarrollo del sistema de información urbana.
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NÚMERO 46
Martes, 9 de marzo de 2021

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En la misma se reflejará pormenorizadamente la dimensión y alcance de la cooperación, así
como los compromisos de toda índole que asuman las partes y tendrá, desde el momento en
que sea eficaz, la consideración de parte integrante de este Convenio, siéndoles de aplicación
el régimen y las normas reguladoras contenidas en el mismo.
Sexta. Comisión de seguimiento.
A efectos del seguimiento de la aplicación del presente Convenio, se constituye una Comisión
de Seguimiento, con la siguiente composición, funciones y régimen de funcionamiento:
1. Composición:
• Por parte de la Dirección General de Vivienda y Suelo, dos personas designadas directamente por el Secretario de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, una de
las cuales en calidad de Presidente del órgano.
• Por parte de la Comunidad Autónoma de Extremadura dos personas designadas por la
Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, una de las cuales en
calidad de Secretario del órgano.
O personas en quienes aquellos deleguen.
En el plazo máximo de un mes desde la suscripción del presente Convenio se designará por
las partes a sus respectivos representantes.
2. Funciones:
• El seguimiento de las actuaciones y de los trabajos realizados, en desarrollo de las actividades previstas en la Cláusula Segunda.
• El estudio y la propuesta, en su caso, de las posibles revisiones de los compromisos asumidos.
• La resolución de los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse
respecto a la ejecución del Convenio.
• La propuesta y el diseño de medidas y actuaciones complementarias que se juzguen de
interés.
3. Régimen de funcionamiento:
La Comisión de Seguimiento se reunirá al menos una vez al año, y siempre que lo solicite
alguno de sus miembros.