Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021060590)
Resolución de 25 de febrero de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, del Plan Especial de la Unidad de Actuación APE-26.01 "Centro de Ocio" del Plan General Municipal de Cáceres. Expte.: IA20/1325.
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NÚMERO 46
Martes, 9 de marzo de 2021
13239
El Plan Especial de la Unidad de Actuación APE-26.01 “Centro de Ocio” del Plan General
Municipal de Cáceres tiene por objeto:
— Definir el acceso al ámbito desde la Avenida de las Arenas, que como tramo urbano de
la N-521 está sujeto a los condicionantes de la regulación sectorial sobre carreteras
estatales. La solución evitará alterar su funcionamiento actual, garantizando la no interferencia con los usos existentes en el entorno próximo.
— Definir las características del viario local, estableciendo trazado, alineaciones, rasantes
y características dimensionales.
— Definir las reservas de suelo dotacional público que integran el sistema local, cumpliendo los mínimos requeridos por el artículo 27.4 RPLANEX y el Plan General Municipal.
— Ordenar la implantación de los usos pormenorizados admisibles y sus condiciones particulares.
— Establecer las condiciones particulares de la edificación, determinando sus condiciones
de altura, número de plantas sobre y bajo rasante, retranqueos, volúmenes, etc.
— Definir el trazado de las redes de infraestructuras necesarias, con especial atención a la
conexión con las redes generales de servicios urbanos existentes, habilitando en su caso
las ocupaciones de suelo que fueran necesarias.
El Plan Especial define los siguientes usos como característicos para su implantación, en
las zonas delimitadas:
— Terciario en las clases comercial, hotelero y recreativo definidas en el artículo 4.5.2 de
las Normas Urbanísticas del Plan General Municipal, en los términos establecidos en la
norma zonal NZ-7.CO, definida en la normativa del Plan Especial.
— Dotacional clase b, Zonas Verdes/Espacios Libres. Artículo 4.8.1 de las Normas Urbanísticas del Plan General Municipal.
— Dotacional clase d, Comunicaciones. Artículo. 4.10.1 de las Normas Urbanísticas del
Plan General Municipal.
— Dotacional clase e, Infraestructuras. Artículo. 4.11.1 de las Normas Urbanísticas del Plan
General Municipal
El régimen de implantación de cada uno de los usos y las compatibilidades con otros usos
complementarios, se definen de forma pormenorizada en cada norma zonal.
Martes, 9 de marzo de 2021
13239
El Plan Especial de la Unidad de Actuación APE-26.01 “Centro de Ocio” del Plan General
Municipal de Cáceres tiene por objeto:
— Definir el acceso al ámbito desde la Avenida de las Arenas, que como tramo urbano de
la N-521 está sujeto a los condicionantes de la regulación sectorial sobre carreteras
estatales. La solución evitará alterar su funcionamiento actual, garantizando la no interferencia con los usos existentes en el entorno próximo.
— Definir las características del viario local, estableciendo trazado, alineaciones, rasantes
y características dimensionales.
— Definir las reservas de suelo dotacional público que integran el sistema local, cumpliendo los mínimos requeridos por el artículo 27.4 RPLANEX y el Plan General Municipal.
— Ordenar la implantación de los usos pormenorizados admisibles y sus condiciones particulares.
— Establecer las condiciones particulares de la edificación, determinando sus condiciones
de altura, número de plantas sobre y bajo rasante, retranqueos, volúmenes, etc.
— Definir el trazado de las redes de infraestructuras necesarias, con especial atención a la
conexión con las redes generales de servicios urbanos existentes, habilitando en su caso
las ocupaciones de suelo que fueran necesarias.
El Plan Especial define los siguientes usos como característicos para su implantación, en
las zonas delimitadas:
— Terciario en las clases comercial, hotelero y recreativo definidas en el artículo 4.5.2 de
las Normas Urbanísticas del Plan General Municipal, en los términos establecidos en la
norma zonal NZ-7.CO, definida en la normativa del Plan Especial.
— Dotacional clase b, Zonas Verdes/Espacios Libres. Artículo 4.8.1 de las Normas Urbanísticas del Plan General Municipal.
— Dotacional clase d, Comunicaciones. Artículo. 4.10.1 de las Normas Urbanísticas del
Plan General Municipal.
— Dotacional clase e, Infraestructuras. Artículo. 4.11.1 de las Normas Urbanísticas del Plan
General Municipal
El régimen de implantación de cada uno de los usos y las compatibilidades con otros usos
complementarios, se definen de forma pormenorizada en cada norma zonal.