Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2021060591)
Resolución de 24 de febrero de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación avícola de cebo de pollos promovida por Francisco González Morales, en el término municipal de Aceuchal (Badajoz).
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NÚMERO 46
13214
Martes, 9 de marzo de 2021
RELACIÓN DE ORGANISMOS Y ENTIDADES CONSULTADOS
RESPUESTAS
RECIBIDAS
SEO BIRD/LIFE
-
GREENPEACE
X
AMUS
-
Agente del Medio Natural
-
A continuación, se resume el contenido principal de los informes recibidos:
• La Confederación Hidrográfica del Guadiana, con fecha 24 de septiembre de 2020, emite
informe en el que indica que parte de la parcela de actuación ocupa la zona de policía
del arroyo del Potril, las instalaciones proyectadas se ubican a unos 110 metros de dicho
cauce. No obstante, el cerramiento de la parcela se encontraría en zona de policía del
citado cauce, el cual constituye el DPH del Estado. En este sentido indica que no consta
en este organismo de cuenca que el promotor haya solicitado la pertinente autorización
para la ocupación de la zona de policía del cauce del arroyo del Potril, por lo que deberá
solicitarla ante la Comisaría de Aguas de esta Confederación Hidrográfica del Guadiana
(CHGn), a la mayor brevedad posible. En cualquier caso, todo el vallado se situará fuera
de la zona de servidumbre, es decir, a una distancia mínima de 5 metros del límite exterior del cauce.
En cuanto al consumo de agua y según la documentación aportada, el proyecto requiere
un volumen de agua que asciende a la cantidad de 5.338,125 m3/año. Se indica asimismo que dicho volumen de agua provendrá de un pozo. Siendo el número de aves de
la explotación de 48.750 y considerando las necesidades unitarias por tipo de ganado
contempladas en la tabla 48 de Anejo 4 a la Memoria del Plan Hidrológico de la parte
española de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana (DHGn), aprobado por el Real
Decreto 1/2016, de 8 de enero (BOE n.º 16, de 19/01/2016), (0,08 m3/cabeza/año),
las necesidades hídricas ascenderían a 3.900 m3/año, sólo para bebida de los animales. Según consta en este Organismo de cuenca, el promotor es titular del expediente
1062/2013, inscrito en la Sección B del Registro de aguas de un aprovechamiento de
aguas subterráneas con un volumen máximo anual de 3.082 m3, para uso doméstico
(2.000 m3/año) y ganadero (1.082 m3/año). Dicho volumen sería insuficiente para cubrir
13214
Martes, 9 de marzo de 2021
RELACIÓN DE ORGANISMOS Y ENTIDADES CONSULTADOS
RESPUESTAS
RECIBIDAS
SEO BIRD/LIFE
-
GREENPEACE
X
AMUS
-
Agente del Medio Natural
-
A continuación, se resume el contenido principal de los informes recibidos:
• La Confederación Hidrográfica del Guadiana, con fecha 24 de septiembre de 2020, emite
informe en el que indica que parte de la parcela de actuación ocupa la zona de policía
del arroyo del Potril, las instalaciones proyectadas se ubican a unos 110 metros de dicho
cauce. No obstante, el cerramiento de la parcela se encontraría en zona de policía del
citado cauce, el cual constituye el DPH del Estado. En este sentido indica que no consta
en este organismo de cuenca que el promotor haya solicitado la pertinente autorización
para la ocupación de la zona de policía del cauce del arroyo del Potril, por lo que deberá
solicitarla ante la Comisaría de Aguas de esta Confederación Hidrográfica del Guadiana
(CHGn), a la mayor brevedad posible. En cualquier caso, todo el vallado se situará fuera
de la zona de servidumbre, es decir, a una distancia mínima de 5 metros del límite exterior del cauce.
En cuanto al consumo de agua y según la documentación aportada, el proyecto requiere
un volumen de agua que asciende a la cantidad de 5.338,125 m3/año. Se indica asimismo que dicho volumen de agua provendrá de un pozo. Siendo el número de aves de
la explotación de 48.750 y considerando las necesidades unitarias por tipo de ganado
contempladas en la tabla 48 de Anejo 4 a la Memoria del Plan Hidrológico de la parte
española de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana (DHGn), aprobado por el Real
Decreto 1/2016, de 8 de enero (BOE n.º 16, de 19/01/2016), (0,08 m3/cabeza/año),
las necesidades hídricas ascenderían a 3.900 m3/año, sólo para bebida de los animales. Según consta en este Organismo de cuenca, el promotor es titular del expediente
1062/2013, inscrito en la Sección B del Registro de aguas de un aprovechamiento de
aguas subterráneas con un volumen máximo anual de 3.082 m3, para uso doméstico
(2.000 m3/año) y ganadero (1.082 m3/año). Dicho volumen sería insuficiente para cubrir