Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Plan De Control Tributario.- (2021060607)
Resolución de 1 de marzo de 2021, de la Dirección General de Tributos, por la que se publican los criterios que informan el Plan de Control Tributario de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2021.
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NÚMERO 46
Martes, 9 de marzo de 2021

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sobre el Juego en sus diversas modalidades para casinos, bingos, máquinas recreativas
con premio o de azar y las rifas, tómbolas, apuestas y combinaciones aleatorias. Se
prestará especial atención a las autoliquidaciones de bingo electrónico.
6. P
 or lo que se refiere a los Tributos Propios, se realizarán la verificación y comprobación
de las declaraciones y autoliquidaciones presentadas, así como las actuaciones dirigidas
al mantenimiento de los datos censales de los obligados tributarios.
Específicamente, en relación con el canon de saneamiento se llevará a cabo la comprobación sobre las entidades suministradoras cuya actividad no haya sido declarada a la
Administración y sobre las que hayan omitido alguna declaración o que hayan presentado autoliquidaciones erróneas. Se comprobará la correcta aplicación de los beneficios
fiscales establecidos en la normativa reguladora de este tributo por parte de los contribuyentes.
Será objeto de especial atención la gestión de las entidades suministradoras cuya facturación semestral supere 1.000.000 de euros.
En el Impuesto sobre aprovechamientos cinegéticos se practicarán por la Sección de
Gestión Tributaria y Juego todas las liquidaciones derivadas de las alteraciones y modificaciones sobre los cotos de caza comunicadas por la Dirección General de Política Forestal
7. S
 e fijará como objetivo posibilitar que la ciudadanía se relacione con la Administración
Tributaria autonómica por medios electrónicos. En este sentido, se está avanzando en
el programa de implementación de la administración electrónica, que supone definir un
nuevo modelo desde el momento de la recepción de los documentos con trascendencia
tributaria, así como transformar la atención a los contribuyentes en una verdadera asistencia, por lo que los esfuerzos deben dirigirse a simplificar la cumplimentación.
Para aquellos ciudadanos que no dispongan de posibilidad técnica, y conforme se vaya
implantado dicha forma de trabajo, se ha habilitado la posibilidad de asistencia mediante un sistema de cita previa en las oficinas de atención al contribuyente.
8. Se incrementarán las opciones de presentación telemática de declaraciones y autoliquidaciones ya sea de forma individual como por los grandes presentadores profesionales
y colaboradores sociales.
9. El servicio de cita previa, además de asistir en la presentación de las autoliquidaciones,
realiza información previa para el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias,
así como ofrece servicios de asistencia en la cumplimentación, pago y obtención del justificante de presentación. El compromiso es atender por cita previa al menos a 30.000
contribuyentes.