Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021060575)
Resolución de 25 de febrero de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan General Municipal de Malpartida de Plasencia.
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NÚMERO 45
Lunes, 8 de marzo de 2021
13019
Suelo
El establecimiento de los nuevos desarrollos planteados incluidos como Suelo Urbanizable y
como Suelo Urbano No Consolidado provoca uno de los principales impactos sobre el suelo.
Se trata de una afección irreversible sobre el recurso suelo dado que su ocupación supone su
pérdida, así como la modificación de los procesos edafológicos por compactación y sobre las
condiciones geomorfológicas. Será uno de los factores más significativamente afectado por
las actuaciones del Plan.
En cuanto al Suelo Urbanizable el Plan General Municipal propone un sector de suelo urbanizable de uso residencial (SE-1) y dos sectores urbanizables de uso industrial (SE-2 y SE-3).
En el caso del SE-1 ”San Salvador Residencial” se trata de un Sector ya clasificado como Suelo No Urbanizable Residencial en las Normas Subsidiarias de 2002, presentan una topografía
suave y se sitúan colindando con la delimitación de la ZEC establecida sobre el arroyo del
Molinillo. El desarrollo del sector conlleva un cambio inevitable sobre los usos del suelo en
aquellas zonas que están todavía dedicadas al aprovechamiento agrario en forma de pastizales para el aprovechamiento ganadero.
En el caso del SE-2 “Ampliación del polígono industrial “Las Pozas” se localiza al suroeste del
núcleo urbano, separado del mismo. Este sector engloba gran parte de la parcela que se halla
edificada, exterior al polígono consolidado, aunque en continuidad con él. Al igual que ocurre
con el Sector 1, el límite Este del sector coincide con el límite de la ZEC “Arroyos Barbaón y
Calzones”. El desarrollo del sector conlleva un cambio inevitable sobre los usos del suelo.
Con respecto al SE-3 “La Bazagona”, se sitúa al sureste del municipio, junto a la línea de ferrocarril y la antigua Estación de La Bazagona. Tiene acceso desde un camino que parte de la
Carretera EX – 108, en el término municipal de Toril. En el planeamiento vigente estos terrenos se encuentran clasificados como suelo urbanizable a través de una modificación puntual.
Se desarrolla en unos terrenos llanos, en una zona con antiguos secaderos de tabaco. Como
ya se indicó en el documento de alcance los terrenos no se consideran los más adecuados
para el desarrollo de un polígono industrial por su alejamiento y desconexión de los suelos
urbanos.
Los efectos producidos por el desarrollo del plan en los sectores urbanizables SE-1 y SE-3 son
asumidos desde la evaluación ambiental estratégica, en tanto en cuanto, en su conjunto, se
trata de sectores que ya venían delimitados como urbanizables desde el plan anterior y posteriores modificaciones del mismo.
Lunes, 8 de marzo de 2021
13019
Suelo
El establecimiento de los nuevos desarrollos planteados incluidos como Suelo Urbanizable y
como Suelo Urbano No Consolidado provoca uno de los principales impactos sobre el suelo.
Se trata de una afección irreversible sobre el recurso suelo dado que su ocupación supone su
pérdida, así como la modificación de los procesos edafológicos por compactación y sobre las
condiciones geomorfológicas. Será uno de los factores más significativamente afectado por
las actuaciones del Plan.
En cuanto al Suelo Urbanizable el Plan General Municipal propone un sector de suelo urbanizable de uso residencial (SE-1) y dos sectores urbanizables de uso industrial (SE-2 y SE-3).
En el caso del SE-1 ”San Salvador Residencial” se trata de un Sector ya clasificado como Suelo No Urbanizable Residencial en las Normas Subsidiarias de 2002, presentan una topografía
suave y se sitúan colindando con la delimitación de la ZEC establecida sobre el arroyo del
Molinillo. El desarrollo del sector conlleva un cambio inevitable sobre los usos del suelo en
aquellas zonas que están todavía dedicadas al aprovechamiento agrario en forma de pastizales para el aprovechamiento ganadero.
En el caso del SE-2 “Ampliación del polígono industrial “Las Pozas” se localiza al suroeste del
núcleo urbano, separado del mismo. Este sector engloba gran parte de la parcela que se halla
edificada, exterior al polígono consolidado, aunque en continuidad con él. Al igual que ocurre
con el Sector 1, el límite Este del sector coincide con el límite de la ZEC “Arroyos Barbaón y
Calzones”. El desarrollo del sector conlleva un cambio inevitable sobre los usos del suelo.
Con respecto al SE-3 “La Bazagona”, se sitúa al sureste del municipio, junto a la línea de ferrocarril y la antigua Estación de La Bazagona. Tiene acceso desde un camino que parte de la
Carretera EX – 108, en el término municipal de Toril. En el planeamiento vigente estos terrenos se encuentran clasificados como suelo urbanizable a través de una modificación puntual.
Se desarrolla en unos terrenos llanos, en una zona con antiguos secaderos de tabaco. Como
ya se indicó en el documento de alcance los terrenos no se consideran los más adecuados
para el desarrollo de un polígono industrial por su alejamiento y desconexión de los suelos
urbanos.
Los efectos producidos por el desarrollo del plan en los sectores urbanizables SE-1 y SE-3 son
asumidos desde la evaluación ambiental estratégica, en tanto en cuanto, en su conjunto, se
trata de sectores que ya venían delimitados como urbanizables desde el plan anterior y posteriores modificaciones del mismo.