Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021060575)
Resolución de 25 de febrero de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan General Municipal de Malpartida de Plasencia.
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NÚMERO 45
Lunes, 8 de marzo de 2021

13002

De los informes recibidos, se resumen a continuación los aspectos que tienen relevancia a
efectos ambientales:
— Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas: emite dos informes, en el
primero de fecha 12 de abril de 2019, realiza observaciones y solicita subsanaciones de la
documentación. En el segundo de fecha 11 de diciembre de 2019, indica que en el documento remitido se recogen las observaciones indicadas en el informe anterior, por lo que
informa favorablemente la aprobación del Plan General Municipal, ya que no es susceptible
de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000 o la Red de
Espacios Naturales Protegidos de Extremadura.
— Servicio de Ordenación y Gestión Forestal: indica que examinados los documentos incluidos
en la Propuesta Final del Plan General Municipal de septiembre de 2019, se encuentran
adecuadamente identificados los terrenos del Monte de Utilidad Pública n.º 136 de la provincia de Cáceres “Robledo”, con una clasificación de “Suelo No Urbanizable de Protección
Natural de Hábitats + Montes, que conforme la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes y LAEX, permiten identificarse de forma específica para mantenerse preservados de su
transformación mediante la urbanización, así como asegurar la compatibilidad de los usos
y actividades.
— Servicio de Recursos Cinegéticos y Piscícolas. No realiza nuevas alegaciones o indicaciones
al Plan General Municipal, más allá de las emitidas para el documento de alcance.
— Servicio de Infraestructuras Rurales. Secretaria General de Desarrollo Rural y Territorio.
Se han emitido dos informes, en el segundo de fecha 7 de octubre de 2019 se indica que
se han incluido las correcciones indicadas en el informe anterior de 23 de enero de 2019,
y se emite el informe favorable, pues la ordenación contempla la existencia, protección y
normativa de las vías pecuarias, y en consecuencia el informe preceptivo de esta Secretaría
es Favorable.
— Servicio de Regadíos y Coordinación de Desarrollo Rural. Informa:
Indica que de la lectura de la documentación recibida sobre el Plan General Municipal, se
deduce que los terrenos pertenecientes a regadíos han sido clasificados en su mayor parte
como suelo no urbanizable de protección estructural agrícola (SNUP-E1) de protección Natural de ZECs y ZEPA del Plan de Gestión del Área de Monfragüe (SNUP-N2a y SNUP-N2c)
de protección natural de hábitats de interés (SNUP-N4) y protección cultural de yacimientos arqueológicos (SNUP-C1).
Que en el titulo 11 del Estudio Ambiental Estratégico del Plan General establece los usos
autorizables para los tipos de suelo no urbanizable citados anteriormente que se resumen