Otras Resoluciones. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Pesca.- (2021060546)
Resolución de 20 de febrero de 2021, de la Dirección General de Política Forestal, por la que se modifican los límites y régimen de algunos tramos de pesca en Extremadura, se regula la obtención telemática de permisos de pesca en cotos sin límite de puestos y el uso de algunos artes, señuelos y cebos de pesca.
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NÚMERO 45

12627

Lunes, 8 de marzo de 2021

Tercero. En cotos sin límite de puestos de los embalses de Valuengo, Guadiloba, Sierra
Brava, Valdecaballeros, Plasencia, Valdesalor y Piedra Aguda, se podrá obtener el correspondiente permiso diario de pesca en https://modelo050.juntaex.es/ mediante su pago electrónico con una antelación máxima de una semana, consultando cada código y precio en
http://pescayrios.juntaextremadura.es/pescayrios/web/guest/cotos-de-pesca/. Las fechas
ocupadas por concursos, los planes de pesca, las categorías de los permisos, los centros de
expedición convencional de permisos y otras especificaciones para los cotos de pesca citados
figuran actualizados en http://pescayrios.juntaextremadura.es.
Cuarto. En materia de cebos y señuelos deberán tenerse en cuenta las disposiciones que se
adopten en relación con las especies exóticas invasoras, entre las que cabe destacar señalando para Extremadura, la referente a la prohibición del uso como cebo o señuelo de la almeja
asiática (Curbicula fluminea), así como la prohibición del uso del clonk o golpeador del agua
para la pesca del siluro (Silurus glanis) y de otras artes y complementos de pesca cuando
sean específicos de las piscícolas con carácter invasor en todos los casos.
Contra esta resolución que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de
alzada ante la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio en el plazo de
un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura,
según disponen los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello, sin perjuicio de que pueda
ejercerse cualquier otro recurso que se estime procedente.
Mérida, 20 de febrero de 2021.
El Director General de Política Forestal,
PEDRO MUÑOZ BARCO