Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar.- (2021060583)
Resolución de 19 de enero de 2021, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se otorga autorización administrativa previa a la sociedad Dehesa de los Guadalupes Solar SLU, para la instalación fotovoltaica "Beturia", e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada, ubicada en el término municipal de Fregenal de la Sierra. Expte.: GE-M/41/19.
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NÚMERO 45
Lunes, 8 de marzo de 2021

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Esta fragmentación en varios proyectos distintos, sin argumentos técnicos que lo aconsejen y
avalen, obedece a una argucia inicial de los promotores con la clara intención de no superar los
50 MWp por planta y eludir, de esta manera, su tramitación ante la Administración General del
Estado, tal como señala el Real Decreto 413/2014, de 6 de Junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y
residuos, como correspondería realmente al alcanzar en conjunto una potencia unitaria instalada
superior a los 50 MW, lo que supone un fraude de ley y una competencia desleal con otro tipo de
proyectos que sí se han sometido a la tramitación adecuada.
Por todo lo mencionado, esta Asociación considera que el proyecto inicial ahora sometido a consultas debe ser rechazado para que la promotora lo reformule, en conjunto con las instalaciones
proyectadas Nertóbriga, Apicio, Ardila y Cincinato, como un solo proyecto, para que sea tramitado, evaluado y, en su caso, autorizado por la Administración General del estado, como corresponde para el correcto cumplimiento de la legislación vigente en materia de evaluación ambiental,
de adjudicación energética fotovoltaica y de la jurisprudencia en materia de impacto ambiental.
Además, en esta tramitación se tendrán que tener en cuenta su proximidad a los proyectos de las
PS>F Fregenal de la Sierra y Los Llanos I, II y III, de modo que sean evaluadas correctamente
la acumulación de impactos de todas estas instalaciones en conjunto.
[.....]
B) F
 alta de una ordenación territorial y planificación estratégica de la actividad de generación de
electricidad fotovoltaica en Extremadura.
El elevado número de proyectos de plantas solares fotovoltaicas en esta y otras de la región
debe planificarse en el marco de la Evaluación Ambiental Estratégica de un Plan de Desarrollo
de la energía fotovoltaica en la Comunidad Autónoma de Extremadura, tanto por tratarse de
una actividad de energía como por afectar a áreas en las que se ubican especies en grave
regresión, como las agrícolas y esteparias, tal y como ocurre en el caso que nos ocupa con las
instalaciones Beturia.
En esta evaluación ambiental deberán designarse las zonas más aptas para esta actividad, las
zonas excluidas por su alto impacto ambiental el modelo de instalaciones y su distribución en
Extremadura, de modo que la implantación no compita con otros recursos como el paisaje,
la propiedad o el arrendamiento del suelo agrario o forestal, la avifauna, el turismo rural y de
aves, etc.
Igualmente, dado que las instalaciones fotovoltaicas de grandes dimensiones suponen una
transformación del medio a mucha mayor escala que si se acomete de forma dispersa, debería establecerse un conjunto de normas para definir cuál puede ser la máxima extensión de