Disposiciones Generales. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Fondos Europeos.- (2021DE0004)
Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
64 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 45

12546

Lunes, 8 de marzo de 2021

CAPÍTULO II
Estructuras de gobernanza
Artículo 3. Establecimiento.
Las estructuras de gobernanza en Extremadura de las formas de intervención cofinanciadas
con los fondos de la Unión Europea, tanto los estructurales y los de cohesión como otros
instrumentos financieros no estructurales establecidos por la Unión Europea, serán las establecidas en las normas recogidas en el presente decreto-ley, en el Decreto 8/2021, de 17
de febrero, por el que se establecen medidas de coordinación para la planificación, gestión y
ejecución de Fondos Europeos y aquellas otras normas reglamentarias que se dicten en desarrollo de ambas normas.
Artículo 4. Coordinación autonómica del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
1. El órgano directivo con competencias en materia de fondos europeos será responsable de
la coordinación y seguimiento de los proyectos financiados con fondos procedentes del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, ejercerá las funciones que le sean asignadas por la Autoridad responsable
del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y asumirá la representación de la Comunidad
Autónoma en la Comisión de Coordinadores de Fondos Europeos creada en virtud del Real
Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para
la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
2. Para el ejercicio de estas funciones se apoyará en las estructuras de gobernanza previstas
en el Decreto 8/2021, de 17 de febrero, por el que se establecen medidas de coordinación
para la planificación, gestión y ejecución de Fondos Europeos.
3. La Dirección General de Financiación Autonómica y Fondos Europeos será dotada de los
recursos personales y materiales que sean necesarios para el correcto ejercicio de estas
funciones adicionales.
Artículo 5. Auditoría del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
1. La Intervención General de la Junta de Extremadura tendrá a su cargo el ejercicio de las
funciones y competencias de control o auditoría que le pudieran corresponder en su ámbito de actuación o que le sean asignadas por la Autoridad de Control del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, en virtud de las competencias de coordinación atribuidas a la
Intervención General de la Administración del Estado.