Otras Resoluciones. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento.- (2021AC0008)
Acuerdo de 24 de junio de 2020, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de Plan General simplificado de Malpartida de la Serena.
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NÚMERO 45

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Lunes, 8 de marzo de 2021

3.- Título: ORDENACIÓN DE CARÁCTER ESTRUCTURAL
3.1.- Capítulo:

Directrices (Estructural)

3.1.0.1.- Sección particular: Fichas directrices de ordenación

GENERAL
ALCANCE: Estructural

Nº. 1

DENOMINACIÓN:

Directrices para la Ordenación y Ocupación del Territorio del Municipio.
Estas Directrices se establecen para la totalidad del término municipal de Malpartida de la Serena.

ÁMBITO DE APLICACIÓN: Término Municipal de Malpartida de la Serena (TM).
CONTENIDO: En una primera escala de planeamiento, comprensiva de todos aquellos aspectos referidos
a la ordenación de la globalidad del término municipal, el Plan General establece las siguientes directrices
de ocupación con carácter estructural:









Se consolida el modelo de ocupación del territorio forzado y distinto del ya consolidado. Esto implica
una delimitación ajustada de las zonas urbanas y urbanizables, haciendo compatibles las
necesidades de suelo de nuevo desarrollo con la necesaria racionalización de los procesos de
crecimiento y el establecimiento de las oportunas medidas para prevenir la formación de otros
núcleos de población.
La ordenación del crecimiento urbano se orienta hacia la solución de los desajustes generados por
la implantación de edificaciones y actividades sin regulación ni planificación, y a dotar al municipio
de los suelos cualificados capaces de absorber las necesidades de crecimiento del mismo.
Establecimiento del adecuado marco jurídico para la intervención de la administración local, en el
sentido de eliminar las actuaciones urbanísticas ilegales y los factores generadores de especulación.
Mantenimiento y potenciación de la protección del territorio del término no apto para su ocupación
urbana, mediante la conservación de su tradicional uso agrícola, la delimitación y protección de las
zonas de especial interés y la protección general de los valores medioambientales.
Se determinan las condiciones de compatibilidad bajo las cuales sí serán posibles ciertas
construcción es en los suelos rústicos, con el fin de garantizar el mantenimiento de las condiciones
naturales del medio.
Se planifican las ampliaciones y mejoras de las redes y servicios de infraestructuras, en respuesta a
las necesidades del conjunto del núcleo.
Siempre que existan dos o más normativas aplicar dentro del mismo suelo, se aplicará la más
restrictiva referente al suelo que se vaya a actuar.