Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021060574)
Resolución de 24 de febrero de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Territorial de La Campiña.
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NÚMERO 44
Viernes, 5 de marzo de 2021
LISTADO DE CONSULTADOS
12465
RESPUESTA
Mancomunidad de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena
NO
ADENEX
NO
Sociedad Española de Ornitología
NO
Ecologistas en Acción
NO
De los informes recibidos, se resumen a continuación los aspectos que tienen relevancia a
efectos ambientales:
• Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas. En el informe se incluyen
los lugares pertenecientes a la Red de Áreas Protegidas de Extremadura y los valores
naturales reconocidos, en el ámbito de aplicación del plan territorial.
I nforma favorablemente el Plan Territorial de la Campiña Sur, ya que no es susceptible de
afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000 y otros valores
naturales, no obstante, se hacen las siguientes consideraciones:
A
grandes rasgos se valora de forma positiva el enfoque general del Plan Territorial La
Campiña en relación a la sostenibilidad ambiental de las actividades que propone, así
como el énfasis que se pone en la depuración de aguas (si bien se establecen en su mayoría como directriz y no como regulación) y el control de la contaminación. Igualmente,
positiva se considera el fomento del turismo de naturaleza y cultura que se propone, y
la puesta en valor del paisaje.
N
o obstante, ese enfoque de sostenibilidad ambiental, conservación y protección de los
recursos naturales, y valoración del paisaje como recurso turístico, entra en contradicción con algunas de las actuaciones propuestas, como la posibilidad de estudio de la
transformación en autovía de la carretera EX-103, o la instalación de parques eólicos sin
marcar áreas prioritarias o de exclusión.
En cualquier caso, todas las actuaciones propuestas en el Plan que se pretendieran
ejecutar, deberán contar con los informes ambientales (Informe Ambiental, Informe de
Viernes, 5 de marzo de 2021
LISTADO DE CONSULTADOS
12465
RESPUESTA
Mancomunidad de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena
NO
ADENEX
NO
Sociedad Española de Ornitología
NO
Ecologistas en Acción
NO
De los informes recibidos, se resumen a continuación los aspectos que tienen relevancia a
efectos ambientales:
• Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas. En el informe se incluyen
los lugares pertenecientes a la Red de Áreas Protegidas de Extremadura y los valores
naturales reconocidos, en el ámbito de aplicación del plan territorial.
I nforma favorablemente el Plan Territorial de la Campiña Sur, ya que no es susceptible de
afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000 y otros valores
naturales, no obstante, se hacen las siguientes consideraciones:
A
grandes rasgos se valora de forma positiva el enfoque general del Plan Territorial La
Campiña en relación a la sostenibilidad ambiental de las actividades que propone, así
como el énfasis que se pone en la depuración de aguas (si bien se establecen en su mayoría como directriz y no como regulación) y el control de la contaminación. Igualmente,
positiva se considera el fomento del turismo de naturaleza y cultura que se propone, y
la puesta en valor del paisaje.
N
o obstante, ese enfoque de sostenibilidad ambiental, conservación y protección de los
recursos naturales, y valoración del paisaje como recurso turístico, entra en contradicción con algunas de las actuaciones propuestas, como la posibilidad de estudio de la
transformación en autovía de la carretera EX-103, o la instalación de parques eólicos sin
marcar áreas prioritarias o de exclusión.
En cualquier caso, todas las actuaciones propuestas en el Plan que se pretendieran
ejecutar, deberán contar con los informes ambientales (Informe Ambiental, Informe de