Disposiciones Generales. Consejería De Educación Y Empleo. Competencia Profesional.- (2021050023)
Orden de 3 de marzo de 2021 por la que se convoca, en la Comunidad de Extremadura, el procedimiento de reconocimiento, evaluación y acreditación de las competencias profesionales de las cualificaciones profesionales de Transporte sanitario, Atención sanitaria a múltiples víctimas y catástrofes, Vigilancia y seguridad privada, Prevención, extinción de incendios y salvamento, Operaciones de vigilancia y extinción de incendios forestales y apoyo a contingencias en el medio natural y rural, Docencia de la formación para el empleo, Gestión de llamadas de teleasistencia, Atención sociosanitaria a personas dependientes en Instituciones Sociales, Atención sociosanitaria a personas en el domicilio, Actividades de floristería, Actividades auxiliares de floristería, Instalación y mantenimiento de jardines y zonas verdes, adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.
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NÚMERO 44
Viernes, 5 de marzo de 2021
12246
Artículo 11. Información y orientación.
1. E
l servicio permanente de Información y Orientación sobre este procedimiento, se prestará
a través de la Red de Orientadores de la Comunidad Autónoma de Extremadura ubicados
en los centros de empleo dependientes de la Consejería de Educación y Empleo. También se
facilitará información a través de la web de la Consejería de Educación y Empleo, en la dirección electrónica http://educarex.es/IECA/, en el espacio dedicado al Instituto Extremeño
de las Cualificaciones y Acreditaciones, en la fase de instrucción del procedimiento.
2. A
través de este servicio se ofrecerá información y orientación a las personas que lo soliciten sobre la naturaleza y las fases del procedimiento, el acceso al mismo, sus derechos
y obligaciones, las acreditaciones parciales que pueden obtenerse y los efectos de las
mismas.
La información de carácter particular que sea facilitada a los interesados en el procedimiento vía telefónica, o por medio telemáticos, o electrónicos, por parte del personal del
Instituto Extremeño de las Cualificaciones, no tendrá vinculación alguna con el procedimiento al que se refiera, y en este sentido, no podrá ser invocada a efectos de interrupción
o paralización de plazos, caducidad, prescripción, ni servirá de instrumento de notificación
en el expediente a que haga referencia.
3. E
l Instituto Extremeño de las Cualificaciones y Acreditaciones facilitará a quienes presten
el servicio de información y orientación, los modelos de cuestionarios de autoevaluación de
las unidades de competencia que sean objeto de evaluación de la presente convocatoria,
con la finalidad de que las personas participantes identifiquen su posible competencia profesional en alguna de las mismas.
Artículo 12. Fases del procedimiento.
El procedimiento de reconocimiento, evaluación, acreditación y registro de las competencias
profesionales se desarrollará en tres fases: fase de asesoramiento, fase de evaluación de la
competencia profesional y fase de acreditación, expedición y registro de la competencia profesional.
El plazo previsto para la realización de cada fase es de dos meses, pudiendo establecerse
plazos distintos en función del desarrollo de la propia convocatoria, de los cuáles se informará
a través de la web indicada de la Consejería de Educación y Empleo.
A) Fase de asesoramiento.
1. A
partir de la publicación de las listas definitivas de admitidos en el procedimiento accederán a la fase de asesoramiento las personas seleccionadas que hayan abonado la
Viernes, 5 de marzo de 2021
12246
Artículo 11. Información y orientación.
1. E
l servicio permanente de Información y Orientación sobre este procedimiento, se prestará
a través de la Red de Orientadores de la Comunidad Autónoma de Extremadura ubicados
en los centros de empleo dependientes de la Consejería de Educación y Empleo. También se
facilitará información a través de la web de la Consejería de Educación y Empleo, en la dirección electrónica http://educarex.es/IECA/, en el espacio dedicado al Instituto Extremeño
de las Cualificaciones y Acreditaciones, en la fase de instrucción del procedimiento.
2. A
través de este servicio se ofrecerá información y orientación a las personas que lo soliciten sobre la naturaleza y las fases del procedimiento, el acceso al mismo, sus derechos
y obligaciones, las acreditaciones parciales que pueden obtenerse y los efectos de las
mismas.
La información de carácter particular que sea facilitada a los interesados en el procedimiento vía telefónica, o por medio telemáticos, o electrónicos, por parte del personal del
Instituto Extremeño de las Cualificaciones, no tendrá vinculación alguna con el procedimiento al que se refiera, y en este sentido, no podrá ser invocada a efectos de interrupción
o paralización de plazos, caducidad, prescripción, ni servirá de instrumento de notificación
en el expediente a que haga referencia.
3. E
l Instituto Extremeño de las Cualificaciones y Acreditaciones facilitará a quienes presten
el servicio de información y orientación, los modelos de cuestionarios de autoevaluación de
las unidades de competencia que sean objeto de evaluación de la presente convocatoria,
con la finalidad de que las personas participantes identifiquen su posible competencia profesional en alguna de las mismas.
Artículo 12. Fases del procedimiento.
El procedimiento de reconocimiento, evaluación, acreditación y registro de las competencias
profesionales se desarrollará en tres fases: fase de asesoramiento, fase de evaluación de la
competencia profesional y fase de acreditación, expedición y registro de la competencia profesional.
El plazo previsto para la realización de cada fase es de dos meses, pudiendo establecerse
plazos distintos en función del desarrollo de la propia convocatoria, de los cuáles se informará
a través de la web indicada de la Consejería de Educación y Empleo.
A) Fase de asesoramiento.
1. A
partir de la publicación de las listas definitivas de admitidos en el procedimiento accederán a la fase de asesoramiento las personas seleccionadas que hayan abonado la