Disposiciones Generales. Consejería De Educación Y Empleo. Competencia Profesional.- (2021050024)
Orden de 3 de marzo de 2021 por la que se convoca, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, el procedimiento de reconocimiento, evaluación y acreditación de las competencias profesionales de las cualificaciones profesionales de Montaje y mantenimiento de instalaciones eléctricas de baja tensión, Acondicionamiento físico en sala de entrenamiento polivalente, Animación físico-deportiva y recreativa para personas con discapacidad, Acondicionamiento físico en grupo con soporte musical, Servicio para el control de plagas, Gestión para el Control de organismos nocivos, Montaje y mantenimiento de redes eléctricas de alta tensión de segunda y tercera categoría y centros de transformación, Instalación y mantenimiento de sistemas de electromedicina, Peluquería, Servicios estéticos de higiene, depilación y maquillaje, Socorrismo en instalaciones acuáticas, adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.
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NÚMERO 44
Viernes, 5 de marzo de 2021
12285
tasa correspondiente o justificado la exención. Esta fase se regirá por lo establecido
en el artículo 15 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, antes mencionado.
2. E
l asesoramiento se realizará por personas asesoras propuestas por el Instituto
Extremeño de las Cualificaciones y Acreditaciones que cuenten con la habilitación
correspondiente.
3. L
os plazos y lugares establecidos para la realización del asesoramiento se harán públicos en la forma establecida en el artículo 7 de la presente orden.
4. E
sta fase tiene como finalidad analizar las actividades profesionales previas de la
persona candidata y el resultado de su cuestionario de autoevaluación para identificar la correspondencia de sus aprendizajes con las unidades de competencia que
serían más idóneas a efectos de acreditación, así como ampliar, en su caso, las unidades de competencia a cuya acreditación se opta.
El asesoramiento se iniciará con una sesión grupal de las personas candidatas con la
persona asesora asignada, siendo obligatoria la asistencia. La fecha de esta sesión se
hará pública en la forma establecida en el artículo 7 de la presente orden.
Posteriormente, el asesoramiento se realizará en sesiones individuales de cada persona
asesora con cada persona candidata, que será citada cuando lo considere necesario,
para ayudarle, en su caso, a autoevaluar su competencia, completar su historial profesional y/o formativo o a reunir las evidencias que lo justifiquen.
Al finalizar cada sesión se acordará y firmará la siguiente sesión de asesoramiento.
Cuando no se haya acordado la citación según lo previsto anteriormente, la persona
asesora, realizará la citación mediante anuncio en la página web de la Consejería de
Educación y Empleo, en la dirección electrónica http://educarex.es/IECA/, en el espacio
dedicado al Instituto Extremeño de las Cualificaciones y Acreditaciones, el cual será
publicado con al menos dos días de antelación a la fecha prevista de la sesión.
Los cuestionarios de autoevaluación y el historial profesional y formativo estarán disponibles en la web educarex.es/IECA.
5. A
tendiendo a la documentación aportada, emitirá un informe orientativo, no vinculante, en el que propondrá al aspirante su continuidad, o no, en el proceso de evaluación y sobre las competencias que considera suficientemente justificadas.
Si el informe es positivo, se dará traslado a la comisión de evaluación del informe, debidamente firmado, junto con toda la documentación aportada y elaborada durante la
fase de asesoramiento.
Viernes, 5 de marzo de 2021
12285
tasa correspondiente o justificado la exención. Esta fase se regirá por lo establecido
en el artículo 15 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, antes mencionado.
2. E
l asesoramiento se realizará por personas asesoras propuestas por el Instituto
Extremeño de las Cualificaciones y Acreditaciones que cuenten con la habilitación
correspondiente.
3. L
os plazos y lugares establecidos para la realización del asesoramiento se harán públicos en la forma establecida en el artículo 7 de la presente orden.
4. E
sta fase tiene como finalidad analizar las actividades profesionales previas de la
persona candidata y el resultado de su cuestionario de autoevaluación para identificar la correspondencia de sus aprendizajes con las unidades de competencia que
serían más idóneas a efectos de acreditación, así como ampliar, en su caso, las unidades de competencia a cuya acreditación se opta.
El asesoramiento se iniciará con una sesión grupal de las personas candidatas con la
persona asesora asignada, siendo obligatoria la asistencia. La fecha de esta sesión se
hará pública en la forma establecida en el artículo 7 de la presente orden.
Posteriormente, el asesoramiento se realizará en sesiones individuales de cada persona
asesora con cada persona candidata, que será citada cuando lo considere necesario,
para ayudarle, en su caso, a autoevaluar su competencia, completar su historial profesional y/o formativo o a reunir las evidencias que lo justifiquen.
Al finalizar cada sesión se acordará y firmará la siguiente sesión de asesoramiento.
Cuando no se haya acordado la citación según lo previsto anteriormente, la persona
asesora, realizará la citación mediante anuncio en la página web de la Consejería de
Educación y Empleo, en la dirección electrónica http://educarex.es/IECA/, en el espacio
dedicado al Instituto Extremeño de las Cualificaciones y Acreditaciones, el cual será
publicado con al menos dos días de antelación a la fecha prevista de la sesión.
Los cuestionarios de autoevaluación y el historial profesional y formativo estarán disponibles en la web educarex.es/IECA.
5. A
tendiendo a la documentación aportada, emitirá un informe orientativo, no vinculante, en el que propondrá al aspirante su continuidad, o no, en el proceso de evaluación y sobre las competencias que considera suficientemente justificadas.
Si el informe es positivo, se dará traslado a la comisión de evaluación del informe, debidamente firmado, junto con toda la documentación aportada y elaborada durante la
fase de asesoramiento.