SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES. (BORME-C-2024-5512)
INVERSORA EN BIENES PATRIMONIALES, S.L.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 198
Lunes 14 de octubre de 2024
Pág. 6819
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
5512
INVERSORA EN BIENES PATRIMONIALES, S.L.
El 30 de junio de 2024 la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Socios de
la Sociedad, acordó la reducción de capital social, fijado en la cuantía de un millón
seiscientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y siete euros con
dieciséis céntimos de Euro (1.659.457,16.-€), hasta la cuantía de cero euros (0.€.), es decir, el capital social se redujo en la cuantía de un millón seiscientos
cincuenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y siete euros con dieciséis céntimos
de euro (1.659.457,16.-€), mediante la amortización de la totalidad de las
participaciones que integraban el capital social, en dicha fecha, es decir,
doscientas setenta y seis mil ciento dieciséis (276.116) participaciones sociales
iguales, indivisibles y acumulables de seis euros con un céntimo de euro (6,01.-€)
de valor nominal cada una de ellas, totalmente asumidas y desembolsadas,
numeradas correlativamente del 1 al 276.116 ambos inclusive.
Con carácter simultáneo, y sin perjuicio de la posibilidad de la asunción
incompleta de la ampliación, los socios asistentes a la referida junta general de
socios de la sociedad, de manera unánime, acordaron aumentar el capital social
de la sociedad en el importe de tres mil euros (3.000.-€), dejándolo fijado en dicho
importe y crear 3.000 participaciones indivisibles y acumulables, de un euro (1.-€)
de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del 1 al 3.000,
ambos inclusive, con una prima de asunción total de tres millones seiscientos
sesenta y nueve mil noventa y cuatro euros con sesenta y un céntimos de euro
(3.669.094,61.-€), es decir, una prima de asunción por participación de,
aproximadamente, y tras el oportuno redondeo a dos (2) decimales, de mil
doscientos veintitrés euros con tres céntimos de euro (1.223,03.-€), resultante de la
siguiente operación 3.669.094,61.-€/3.000 participaciones sociales.
Lo anterior se hace público de conformidad con lo dispuesto en los artículos
304 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital ("LSC").
De conformidad con lo propuesto por la Administradora Única en el informe
que se puso a disposición de todos los socios con motivo de la convocatoria, se
estableció que la asunción y desembolso de las participaciones que se pretendía
crear en virtud del mencionado acuerdo se realizaría mediante una aportación
mixta, esto es, mediante una aportación dineraria y mediante aportaciones no
dinerarias.
La finalidad de la reducción por debajo de la cifra mínima legal y simultánea
ampliación del capital social es el restablecimiento del equilibrio entre el capital
social y el patrimonio neto de la sociedad, disminuido por consecuencia de
pérdidas.
A los efectos oportunos, se deja constancia de que, conforme al artículo 322.1
de la Ley de Sociedades de Capital, se han reducido todas las reservas de la
Sociedad como paso previo a la reducción de capital acordada y de que se ha
respetado el derecho de asunción preferente de conformidad con el artículo 343 de
la LSC.
cve: BORME-C-2024-5512
Verificable en https://www.boe.es
En consecuencia, el total importe a desembolsar en sede del aumento de
capital por aportaciones dinerarias o no dinerarias, según sea el caso, en concepto
de capital y prima de asunción, asciende a la cantidad de tres millones seiscientos
setenta y dos mil noventa y cuatro euros con sesenta y un céntimos de euro
(3.672.094,61.-€).
Núm. 198
Lunes 14 de octubre de 2024
Pág. 6819
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
5512
INVERSORA EN BIENES PATRIMONIALES, S.L.
El 30 de junio de 2024 la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Socios de
la Sociedad, acordó la reducción de capital social, fijado en la cuantía de un millón
seiscientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y siete euros con
dieciséis céntimos de Euro (1.659.457,16.-€), hasta la cuantía de cero euros (0.€.), es decir, el capital social se redujo en la cuantía de un millón seiscientos
cincuenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y siete euros con dieciséis céntimos
de euro (1.659.457,16.-€), mediante la amortización de la totalidad de las
participaciones que integraban el capital social, en dicha fecha, es decir,
doscientas setenta y seis mil ciento dieciséis (276.116) participaciones sociales
iguales, indivisibles y acumulables de seis euros con un céntimo de euro (6,01.-€)
de valor nominal cada una de ellas, totalmente asumidas y desembolsadas,
numeradas correlativamente del 1 al 276.116 ambos inclusive.
Con carácter simultáneo, y sin perjuicio de la posibilidad de la asunción
incompleta de la ampliación, los socios asistentes a la referida junta general de
socios de la sociedad, de manera unánime, acordaron aumentar el capital social
de la sociedad en el importe de tres mil euros (3.000.-€), dejándolo fijado en dicho
importe y crear 3.000 participaciones indivisibles y acumulables, de un euro (1.-€)
de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del 1 al 3.000,
ambos inclusive, con una prima de asunción total de tres millones seiscientos
sesenta y nueve mil noventa y cuatro euros con sesenta y un céntimos de euro
(3.669.094,61.-€), es decir, una prima de asunción por participación de,
aproximadamente, y tras el oportuno redondeo a dos (2) decimales, de mil
doscientos veintitrés euros con tres céntimos de euro (1.223,03.-€), resultante de la
siguiente operación 3.669.094,61.-€/3.000 participaciones sociales.
Lo anterior se hace público de conformidad con lo dispuesto en los artículos
304 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital ("LSC").
De conformidad con lo propuesto por la Administradora Única en el informe
que se puso a disposición de todos los socios con motivo de la convocatoria, se
estableció que la asunción y desembolso de las participaciones que se pretendía
crear en virtud del mencionado acuerdo se realizaría mediante una aportación
mixta, esto es, mediante una aportación dineraria y mediante aportaciones no
dinerarias.
La finalidad de la reducción por debajo de la cifra mínima legal y simultánea
ampliación del capital social es el restablecimiento del equilibrio entre el capital
social y el patrimonio neto de la sociedad, disminuido por consecuencia de
pérdidas.
A los efectos oportunos, se deja constancia de que, conforme al artículo 322.1
de la Ley de Sociedades de Capital, se han reducido todas las reservas de la
Sociedad como paso previo a la reducción de capital acordada y de que se ha
respetado el derecho de asunción preferente de conformidad con el artículo 343 de
la LSC.
cve: BORME-C-2024-5512
Verificable en https://www.boe.es
En consecuencia, el total importe a desembolsar en sede del aumento de
capital por aportaciones dinerarias o no dinerarias, según sea el caso, en concepto
de capital y prima de asunción, asciende a la cantidad de tres millones seiscientos
setenta y dos mil noventa y cuatro euros con sesenta y un céntimos de euro
(3.672.094,61.-€).