SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-5502)
HERINVEMOL, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) INNORESTE, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Lunes 14 de octubre de 2024

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No es de aplicación por lo establecido en el apartado 3.3 anterior.
3.5. Incidencia sobre las aportaciones de industria o las prestaciones
accesorias (art. 40.4º LME)
Dado que en ninguna de las Sociedades Participantes en la fusión hay socios
industriales ni socios con obligación de realizar prestaciones accesorias no es
preciso considerar esta cuestión en la presente fusión.
3.6. Fecha a partir de la cual los titulares de nuevas acciones, participaciones o
cuotas tendrán derecho a participar en las ganancias sociales y cualesquiera
peculiaridades relativas a este derecho
No es de aplicación por lo establecido en el apartado 3.3 anterior.
3.7. Fecha de efectividad de la fusión a efectos contables (art. 40.6º LME)
A efectos contables, se fija como fecha a partir de la cual las operaciones de
las sociedades que se extinguen han de considerarse realizadas por la Sociedad
Absorbente, el 1 de enero de 2024.
3.8. Información sobre la valoración del activo y pasivo del patrimonio de cada
sociedad que se transmita a la sociedad resultante
La valoración del activo y pasivo del patrimonio se ha realizado sobre la
información contenida en las cuentas anuales de las Sociedades Participantes tal y
como se indica a continuación.
3.9. Las fechas de las cuentas anuales de las sociedades que se fusionan
utilizadas para establecer las condiciones en que se realiza la fusión
Se considerarán como balances de fusión, a los efectos previstos en el artículo
43 LME, los balances cerrados a 31 de diciembre de 2023 de la Sociedad
Absorbente y de la Sociedad Absorbida, que fueron formulados por los
correspondientes órganos de administración de las Sociedades Participantes el 31
de mayo de 2024 que se adjuntan como Anexo III al presente Proyecto Común de
Fusión.
Se deja constancia de que la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida
han verificado sus cuentas anuales por un auditor de cuentas y que, por tanto, el
balance de la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida ha sido auditado por
el auditor de ambas sociedades, la entidad Ernst & Young, S.L., sociedad inscrita
en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas con el N.º S0530. Copia de los
referidos informes se incluye en el mencionado Anexo III.
3.10. Estatutos de la sociedad resultante de la fusión (art. 40.2º LME)
Teniendo en cuenta nuevamente que la Sociedad Absorbente es el único socio
de la Sociedad Absorbida, no procede ampliar el capital de la Sociedad
Absorbente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53.1.3º LME (por
remisión del artículo 56 LME). Por lo tanto, no será necesario proponer a los socios
de la Sociedad Absorbente la modificación del artículo estatutario relativo al capital
social ni de ningún otro artículo de los estatutos sociales de la Sociedad
Absorbente.
3.11. Cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad

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Núm. 198