SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-5162)
REPSOL GREECE IONIAN, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) REPSOL EXPLORACIÓN AITOLOAKARNANIA, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 179
Martes 17 de septiembre de 2024
Pág. 6383
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
5162
REPSOL GREECE IONIAN, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
REPSOL EXPLORACIÓN AITOLOAKARNANIA, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 55 del Real Decreto-ley 5/2023,
de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de
respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de
apoyo a la reconstrucción de la isla de la Palma y a otras situaciones de
vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de
modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida
familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y
cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, el "RDLME"), se hace
público el proyecto común de fusión (en adelante, el "Proyecto de Fusión") relativo
a la fusión por absorción (en adelante, la "Fusión") en virtud de la cual la sociedad
REPSOL EXPLORACIÓN AITOLOAKARNANIA, S.A.U. ( "Sociedad Absorbida"),
se integra en REPSOL GREECE IONIAN, S.L.U. ("Sociedad Absorbente")
mediante la transmisión en bloque de su patrimonio produciéndose su extinción sin
liquidación.
Con fecha 28 de junio de 2024, los órganos de administración de la Sociedad
Absorbente y Absorbida, formularon y suscribieron el Proyecto de Fusión. La
Fusión implicará la extinción de la Sociedad Absorbida mediante su disolución sin
liquidación y la transmisión en bloque de su patrimonio social a la Sociedad
Absorbente, que adquirirá por sucesión universal la totalidad de dicho patrimonio,
subrogándose en todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida,
todo ello en los términos previstos en el RDLME. La Sociedad Absorbida es una
sociedad íntegramente participada de forma directa por la Sociedad Absorbente
por lo que es de aplicación lo establecido en el artículo 53 RDLME.
De conformidad con lo establecido en el artículo 55 RDLME, la Sociedad
Absorbente se acoge a la exención de la aprobación de la Fusión por la Junta
General y se hace constar el derecho que corresponde a su socio y a los
acreedores de las sociedades que participan en la fusión (i) a examinar en los
respectivos domicilios sociales, sitos en calle Méndez Álvaro número 44, Madrid
(28045), los siguientes documentos: el Proyecto de Fusión, las cuentas anuales y
los informes de gestión de los últimos tres ejercicios; y (ii) a obtener la entrega o el
envío gratuitos del texto íntegro de los documentos indicados.
También se hace constar el derecho que asiste a los acreedores y
obligacionistas de la Sociedad Absorbente cuyos créditos no se encuentren
suficientemente garantizados, a llevar a cabo las acciones previstas en el art. 13
RDLME, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del
presente anuncio.
El contenido del Proyecto de Fusión es el siguiente:
cve: BORME-C-2024-5162
Verificable en https://www.boe.es
Asimismo, se hace constar el derecho de los socios que representen, al
menos, el 1% del capital social a exigir la celebración de la Junta de la Sociedad
Absorbente para la aprobación de la absorción en el plazo de un mes desde la
publicación del presente anuncio, todo ello en los términos previstos en el artículo
55 RDLME.
Núm. 179
Martes 17 de septiembre de 2024
Pág. 6383
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
5162
REPSOL GREECE IONIAN, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
REPSOL EXPLORACIÓN AITOLOAKARNANIA, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 55 del Real Decreto-ley 5/2023,
de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de
respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de
apoyo a la reconstrucción de la isla de la Palma y a otras situaciones de
vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de
modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida
familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y
cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, el "RDLME"), se hace
público el proyecto común de fusión (en adelante, el "Proyecto de Fusión") relativo
a la fusión por absorción (en adelante, la "Fusión") en virtud de la cual la sociedad
REPSOL EXPLORACIÓN AITOLOAKARNANIA, S.A.U. ( "Sociedad Absorbida"),
se integra en REPSOL GREECE IONIAN, S.L.U. ("Sociedad Absorbente")
mediante la transmisión en bloque de su patrimonio produciéndose su extinción sin
liquidación.
Con fecha 28 de junio de 2024, los órganos de administración de la Sociedad
Absorbente y Absorbida, formularon y suscribieron el Proyecto de Fusión. La
Fusión implicará la extinción de la Sociedad Absorbida mediante su disolución sin
liquidación y la transmisión en bloque de su patrimonio social a la Sociedad
Absorbente, que adquirirá por sucesión universal la totalidad de dicho patrimonio,
subrogándose en todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida,
todo ello en los términos previstos en el RDLME. La Sociedad Absorbida es una
sociedad íntegramente participada de forma directa por la Sociedad Absorbente
por lo que es de aplicación lo establecido en el artículo 53 RDLME.
De conformidad con lo establecido en el artículo 55 RDLME, la Sociedad
Absorbente se acoge a la exención de la aprobación de la Fusión por la Junta
General y se hace constar el derecho que corresponde a su socio y a los
acreedores de las sociedades que participan en la fusión (i) a examinar en los
respectivos domicilios sociales, sitos en calle Méndez Álvaro número 44, Madrid
(28045), los siguientes documentos: el Proyecto de Fusión, las cuentas anuales y
los informes de gestión de los últimos tres ejercicios; y (ii) a obtener la entrega o el
envío gratuitos del texto íntegro de los documentos indicados.
También se hace constar el derecho que asiste a los acreedores y
obligacionistas de la Sociedad Absorbente cuyos créditos no se encuentren
suficientemente garantizados, a llevar a cabo las acciones previstas en el art. 13
RDLME, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del
presente anuncio.
El contenido del Proyecto de Fusión es el siguiente:
cve: BORME-C-2024-5162
Verificable en https://www.boe.es
Asimismo, se hace constar el derecho de los socios que representen, al
menos, el 1% del capital social a exigir la celebración de la Junta de la Sociedad
Absorbente para la aprobación de la absorción en el plazo de un mes desde la
publicación del presente anuncio, todo ello en los términos previstos en el artículo
55 RDLME.