SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. AUMENTO DE CAPITAL. (BORME-C-2024-5051)
ENERSIDE ENERGY, S.A.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 172
Viernes 6 de septiembre de 2024
Pág. 6241
Por su parte, el desembolso íntegro del precio de suscripción de cada Acción
Nueva suscrita durante el Periodo de Asignación Discrecional por los
adjudicatarios de las mismas se efectuará no más tarde de las nueve horas de
Madrid del sexto día hábil posterior a la finalización del Periodo de Suscripción
Preferente, a través de la correspondiente Entidad Participante.
Derechos de las Acciones Nuevas. Las Acciones Nuevas otorgarán a sus
titulares los mismos derechos que tienen atribuidos actualmente los titulares de las
acciones de la Sociedad en circulación.
Entidad Agente. La Sociedad ha designado a Renta 4 Banco, S.A. como
entidad agente del Aumento de Capital (la "Entidad Agente"). La Entidad Agente
tiene su domicilio social en el Paseo de la Habana 74, 28036 (Madrid) y su número
de identificación fiscal (NIF) es A-82473018.
Incorporación a negociación. La Sociedad tiene previsto solicitar la
incorporación a negociación de las Acciones Nuevas en el segmento BME Growth
del sistema multilateral de negociación BME MTF Equity.
Documento de Ampliación Completo (DAC). El Documento de Ampliación
Completo (DAC), donde figuran los términos y condiciones completos del Aumento
de Capital se encuentra a disposición en las páginas web de la Sociedad
(www.enerside.com) y de BME Growth (www.bmegrowth.es).
A los efectos oportunos, se hace constar que no es preceptiva la publicación
de un folleto informativo en relación con el Aumento de Capital dado que la oferta
de suscripción objeto de dicho Aumento de Capital, siendo inferior a un importe de
ocho millones de euros, se encuentra exenta de la obligación de publicar un folleto
en virtud del artículo 35.2 de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de
Valores y de los Servicios de Inversión, en relación con el artículo 3.2 del
Reglamento (UE) número 2017/1129 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14
de junio de 2017.
Madrid, 5 de septiembre de 2024.- La Secretaria no consejera del Consejo de
Administración de Enerside Energy, S.A, Doña Silvia López Jiménez.
cve: BORME-C-2024-5051
Verificable en https://www.boe.es
ID: A240039788-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958
Núm. 172
Viernes 6 de septiembre de 2024
Pág. 6241
Por su parte, el desembolso íntegro del precio de suscripción de cada Acción
Nueva suscrita durante el Periodo de Asignación Discrecional por los
adjudicatarios de las mismas se efectuará no más tarde de las nueve horas de
Madrid del sexto día hábil posterior a la finalización del Periodo de Suscripción
Preferente, a través de la correspondiente Entidad Participante.
Derechos de las Acciones Nuevas. Las Acciones Nuevas otorgarán a sus
titulares los mismos derechos que tienen atribuidos actualmente los titulares de las
acciones de la Sociedad en circulación.
Entidad Agente. La Sociedad ha designado a Renta 4 Banco, S.A. como
entidad agente del Aumento de Capital (la "Entidad Agente"). La Entidad Agente
tiene su domicilio social en el Paseo de la Habana 74, 28036 (Madrid) y su número
de identificación fiscal (NIF) es A-82473018.
Incorporación a negociación. La Sociedad tiene previsto solicitar la
incorporación a negociación de las Acciones Nuevas en el segmento BME Growth
del sistema multilateral de negociación BME MTF Equity.
Documento de Ampliación Completo (DAC). El Documento de Ampliación
Completo (DAC), donde figuran los términos y condiciones completos del Aumento
de Capital se encuentra a disposición en las páginas web de la Sociedad
(www.enerside.com) y de BME Growth (www.bmegrowth.es).
A los efectos oportunos, se hace constar que no es preceptiva la publicación
de un folleto informativo en relación con el Aumento de Capital dado que la oferta
de suscripción objeto de dicho Aumento de Capital, siendo inferior a un importe de
ocho millones de euros, se encuentra exenta de la obligación de publicar un folleto
en virtud del artículo 35.2 de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de
Valores y de los Servicios de Inversión, en relación con el artículo 3.2 del
Reglamento (UE) número 2017/1129 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14
de junio de 2017.
Madrid, 5 de septiembre de 2024.- La Secretaria no consejera del Consejo de
Administración de Enerside Energy, S.A, Doña Silvia López Jiménez.
cve: BORME-C-2024-5051
Verificable en https://www.boe.es
ID: A240039788-1
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D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958