SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. AUMENTO DE CAPITAL. (BORME-C-2024-4982)
TERRASSA FUTBOL CLUB, S.A.D.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 162
Viernes 23 de agosto de 2024
Pág. 6163
El desembolso de las acciones, se realizará mediante ingreso del total en la
cuenta corriente de la sociedad en Banco Santander ES18 0049 1792 26
2110006731, indicando el concepto de suscripción de acciones en ampliación de
capital. El justificante de ingreso se entregará en las oficinas de la sociedad, junto
con el Boletín de suscripción debidamente cumplimentado y con el contenido
regulado en el artículo 309 de la Ley de Sociedades de Capital.
Una vez finalizado el plazo anterior, y hasta un (1) año después, siempre que
no se haya cubierto el citado Aumento, queda abierta la ampliación de capital a
cualquier persona interesada, tanto accionistas como personas extrañas a la
sociedad, quienes podrán realizar el desembolso en la cuenta anteriormente
señalada, indicando el mismo concepto.
Finalizado en anterior proceso, el órgano de administración fijará la cifra de
capital social en atención a los desembolsos efectuados y las acciones suscritas y
procederá a otorgar la oportuna escritura de aumento de capital.
VI. Suscripción y desembolso de las nuevas acciones, y contravalor de la
ampliación.
Los accionistas y demás adquirentes de derechos de suscripción que ejerciten
los mismos en los plazos otorgados al efecto, deberán desembolsar, en el
momento de la suscripción, el importe íntegro del valor nominal, más la prima de
emisión de las acciones que suscriban, de manera que el contravalor de estas
nuevas acciones emitidas serán sus aportaciones dinerarias.
El desembolso de las acciones, se realizará mediante ingreso del total en la
cuenta corriente de la sociedad en Banco Santander ES18 0049 1792 26
2110006731, indicando el concepto de suscripción de acciones en ampliación de
capital.
VII.-. Suscripción incompleta o aumento en exceso
En caso de que el aumento del capital social no se desembolsara íntegramente
dentro del proceso y plazo establecidos, el capital social quedará aumentado en la
cuantía efectivamente desembolsada.
En el caso de que el aumento se cubriera en exceso se dará preferencia por el
orden temporal de suscripción.
VIII. Derechos de las Nuevas Acciones.
Terrassa, 20 de agosto de 2024.- Presidente del Consejo de Administración,
Jordi Cuesta Blas.
ID: A240037773-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
cve: BORME-C-2024-4982
Verificable en https://www.boe.es
Las Nuevas Acciones que se emitan en su caso como consecuencia del
presente aumento de capital serán acciones ordinarias, de la misma clase y serie
que las actualmente en circulación, gozando de los mismos derechos que el resto.
D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958
Núm. 162
Viernes 23 de agosto de 2024
Pág. 6163
El desembolso de las acciones, se realizará mediante ingreso del total en la
cuenta corriente de la sociedad en Banco Santander ES18 0049 1792 26
2110006731, indicando el concepto de suscripción de acciones en ampliación de
capital. El justificante de ingreso se entregará en las oficinas de la sociedad, junto
con el Boletín de suscripción debidamente cumplimentado y con el contenido
regulado en el artículo 309 de la Ley de Sociedades de Capital.
Una vez finalizado el plazo anterior, y hasta un (1) año después, siempre que
no se haya cubierto el citado Aumento, queda abierta la ampliación de capital a
cualquier persona interesada, tanto accionistas como personas extrañas a la
sociedad, quienes podrán realizar el desembolso en la cuenta anteriormente
señalada, indicando el mismo concepto.
Finalizado en anterior proceso, el órgano de administración fijará la cifra de
capital social en atención a los desembolsos efectuados y las acciones suscritas y
procederá a otorgar la oportuna escritura de aumento de capital.
VI. Suscripción y desembolso de las nuevas acciones, y contravalor de la
ampliación.
Los accionistas y demás adquirentes de derechos de suscripción que ejerciten
los mismos en los plazos otorgados al efecto, deberán desembolsar, en el
momento de la suscripción, el importe íntegro del valor nominal, más la prima de
emisión de las acciones que suscriban, de manera que el contravalor de estas
nuevas acciones emitidas serán sus aportaciones dinerarias.
El desembolso de las acciones, se realizará mediante ingreso del total en la
cuenta corriente de la sociedad en Banco Santander ES18 0049 1792 26
2110006731, indicando el concepto de suscripción de acciones en ampliación de
capital.
VII.-. Suscripción incompleta o aumento en exceso
En caso de que el aumento del capital social no se desembolsara íntegramente
dentro del proceso y plazo establecidos, el capital social quedará aumentado en la
cuantía efectivamente desembolsada.
En el caso de que el aumento se cubriera en exceso se dará preferencia por el
orden temporal de suscripción.
VIII. Derechos de las Nuevas Acciones.
Terrassa, 20 de agosto de 2024.- Presidente del Consejo de Administración,
Jordi Cuesta Blas.
ID: A240037773-1
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cve: BORME-C-2024-4982
Verificable en https://www.boe.es
Las Nuevas Acciones que se emitan en su caso como consecuencia del
presente aumento de capital serán acciones ordinarias, de la misma clase y serie
que las actualmente en circulación, gozando de los mismos derechos que el resto.
D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958