SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. AUMENTO DE CAPITAL. (BORME-C-2024-4982)
TERRASSA FUTBOL CLUB, S.A.D.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 162

Viernes 23 de agosto de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
AUMENTO DE CAPITAL

4982

TERRASSA FUTBOL CLUB, S.A.D.

La Junta General de Accionistas de la entidad, celebrada en primera
convocatoria el día 3 de junio de 2024 a las 13.30 horas, aprobó una ampliación de
capital social con desembolso mediante aportaciones dinerarias.
En la mencionada Junta General se acordó delegar la ejecución del Aumento
de Capital en el Consejo de Administración de la Compañía en la forma que
tuviese por conveniente y fijando sus condiciones en todo lo no previsto por la
Junta general, al amparo de lo establecido en el artículo 297.1.a) de la Ley de
Sociedades de Capital.
A continuación, se detallan los términos y condiciones más relevantes del
Aumento de Capital:
I.-Importe del aumento
Aumentar el capital de la sociedad en un importe nominal máximo de UN
MILLON QUINIENTOS MIL EUROS (1.500.000 €), mediante la emisión y puesta
en circulación de un máximo de 1.500.000 nuevas acciones ordinarias, de la
misma clase y serie y con los mismos derechos y obligaciones que las actualmente
existentes, de un euro de valor nominal, más la prima de emisión que establezca el
Consejo de Administración de la sociedad.
El aumento se hará con cargo a aportaciones dinerarias y se llevará a cabo sin
exclusión del derecho de suscripción preferente.
Las nuevas acciones deberán ser desembolsadas en un cien por cien en el
momento de la suscripción.
II.- Destinatarios del aumento de capital.
El aumento del capital está dirigido a todos los accionistas de la Sociedad, todo
ello sin perjuicio de que otros inversores, puedan suscribir acciones, en la forma y
con los plazos establecidos en este informe.
III.- Tipo de emisión e importe efectivo del aumento de capital.
Las Nuevas Acciones se emitirán a un precio de emisión de un (1) euro por
acción, de valor nominal, más una prima de emisión que, en su caso, determinará
el Consejo de Administración. A dichos efectos, se delega expresamente en el
Consejo de Administración, con expresas facultades de sustitución, la facultad de
determinar la prima de emisión de las Nuevas Acciones y, por tanto, el tipo de
emisión de las Nuevas Acciones.

Los accionistas de la Sociedad gozarán del derecho de suscripción preferente
de las Nuevas Acciones en proporción a su participación en el capital de la
Sociedad.
V. Calendario de suscripción de la ampliación de capital.
Los actuales accionistas podrán ejercer su derecho de adquisición preferente
en plazo de un mes a contar desde la publicación en el BORME del acuerdo de
ampliación de capital, proporcionalmente al valor de las que ya posean.

cve: BORME-C-2024-4982
Verificable en https://www.boe.es

IV.- Derecho de suscripción preferente.