SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. AUMENTO DE CAPITAL. (BORME-C-2024-4921)
CLUB DE FUTBOL BADALONA FUTUR, SOCIEDAD ANONIMA DEPORTIVA
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Martes 13 de agosto de 2024
Pág. 6095
Badalona, Travessera de Montigalà s/n.
- Decisión de suscribir Acciones Sobrantes.
La asignación de las Acciones Sobrantes tendrá lugar dentro de los diez (10)
días hábiles siguientes a la fecha de comunicación, por parte del Consejo de
Administración, del número de Acciones Sobrantes a suscribirse, en su caso, por
cada uno de los accionistas interesados. Estos contarán para la suscripción y
desembolso de Acciones Sobrantes con el plazo de diez (10) días hábiles a contar
desde la fecha en la que, una vez finalizado el Período de Suscripción Preferente,
se les comunique por parte del Consejo de Administración el número de Acciones
Sobrantes máximas asignadas a resultas de las acciones suscritas en el Período
de Suscripción Preferente. El desembolso de las Acciones Sobrantes por parte de
los accionistas que así lo deseen se realizará en el plazo de los diez (10) días
hábiles siguientes a la recepción de la comunicación que les remite el Consejo de
Administración de la Sociedad donde les indique las Acciones Sobrantes
asignadas.
En el caso de que el número de Acciones Sobrantes fuera superior al número
de las solicitadas, se asignarán a los peticionarios hasta cubrir íntegramente sus
solicitudes. Por el contrario, en el supuesto de que el número de Acciones
Sobrantes fuera inferior al número de las solicitadas, el Consejo de Administración
se encontrará facultado para practicar un prorrateo conforme a las siguientes
reglas:
(i) Las Acciones Sobrantes se adjudicarán de forma proporcional al volumen de
las acciones solicitadas, utilizando para ello el porcentaje que representen las
solicitadas por cada suscriptor respecto al total de acciones solicitadas por el
conjunto de accionistas. Ese porcentaje a utilizar para la asignación proporcional
se redondeará a la baja hasta tres cifras decimales.
(ii) Como regla general, en caso de fracciones en la adjudicación, se
redondeará a la baja hasta el número entero más cercano de forma que resulte un
número exacto de Acciones Sobrantes a adjudicar a cada solicitante.
Si tras la aplicación de los párrafos anteriores hubiese Acciones Sobrantes no
adjudicadas por efecto del redondeo, éstas se distribuirán una a una, por orden de
mayor a menor cuantía de la petición y, en caso de igualdad, por el orden
alfabético de los accionistas solicitantes según la primera posición (y, en caso de
igualdad, siguiente o siguientes) de los campos "Nombre y Apellidos o Razón
Social", sea cual fuere su contenido, a partir de la letra "A".
A los efectos oportunos, todas las aportaciones dinerarias deberán hacerse en
la cuenta corriente número ES81-2100-0891-5402-0037-2159, de la que es titular
la Sociedad, indicando la identidad del accionista suscribiente y sus datos
personales (DNI en el caso de personas físicas o CIF en el caso de personas
jurídicas).
- Período de Asignación Discrecional
Aquellas nuevas acciones que no se suscriban en ejercicio del derecho de
suscripción preferente por los titulares del derecho de suscripción preferente o por
haber sido renunciado expresamente, con carácter irrevocable e incondicional, las
acciones serán ofrecidas inmediatamente para su suscripción por terceros durante
el Período de Asignación Discrecional.
cve: BORME-C-2024-4921
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 155
Martes 13 de agosto de 2024
Pág. 6095
Badalona, Travessera de Montigalà s/n.
- Decisión de suscribir Acciones Sobrantes.
La asignación de las Acciones Sobrantes tendrá lugar dentro de los diez (10)
días hábiles siguientes a la fecha de comunicación, por parte del Consejo de
Administración, del número de Acciones Sobrantes a suscribirse, en su caso, por
cada uno de los accionistas interesados. Estos contarán para la suscripción y
desembolso de Acciones Sobrantes con el plazo de diez (10) días hábiles a contar
desde la fecha en la que, una vez finalizado el Período de Suscripción Preferente,
se les comunique por parte del Consejo de Administración el número de Acciones
Sobrantes máximas asignadas a resultas de las acciones suscritas en el Período
de Suscripción Preferente. El desembolso de las Acciones Sobrantes por parte de
los accionistas que así lo deseen se realizará en el plazo de los diez (10) días
hábiles siguientes a la recepción de la comunicación que les remite el Consejo de
Administración de la Sociedad donde les indique las Acciones Sobrantes
asignadas.
En el caso de que el número de Acciones Sobrantes fuera superior al número
de las solicitadas, se asignarán a los peticionarios hasta cubrir íntegramente sus
solicitudes. Por el contrario, en el supuesto de que el número de Acciones
Sobrantes fuera inferior al número de las solicitadas, el Consejo de Administración
se encontrará facultado para practicar un prorrateo conforme a las siguientes
reglas:
(i) Las Acciones Sobrantes se adjudicarán de forma proporcional al volumen de
las acciones solicitadas, utilizando para ello el porcentaje que representen las
solicitadas por cada suscriptor respecto al total de acciones solicitadas por el
conjunto de accionistas. Ese porcentaje a utilizar para la asignación proporcional
se redondeará a la baja hasta tres cifras decimales.
(ii) Como regla general, en caso de fracciones en la adjudicación, se
redondeará a la baja hasta el número entero más cercano de forma que resulte un
número exacto de Acciones Sobrantes a adjudicar a cada solicitante.
Si tras la aplicación de los párrafos anteriores hubiese Acciones Sobrantes no
adjudicadas por efecto del redondeo, éstas se distribuirán una a una, por orden de
mayor a menor cuantía de la petición y, en caso de igualdad, por el orden
alfabético de los accionistas solicitantes según la primera posición (y, en caso de
igualdad, siguiente o siguientes) de los campos "Nombre y Apellidos o Razón
Social", sea cual fuere su contenido, a partir de la letra "A".
A los efectos oportunos, todas las aportaciones dinerarias deberán hacerse en
la cuenta corriente número ES81-2100-0891-5402-0037-2159, de la que es titular
la Sociedad, indicando la identidad del accionista suscribiente y sus datos
personales (DNI en el caso de personas físicas o CIF en el caso de personas
jurídicas).
- Período de Asignación Discrecional
Aquellas nuevas acciones que no se suscriban en ejercicio del derecho de
suscripción preferente por los titulares del derecho de suscripción preferente o por
haber sido renunciado expresamente, con carácter irrevocable e incondicional, las
acciones serán ofrecidas inmediatamente para su suscripción por terceros durante
el Período de Asignación Discrecional.
cve: BORME-C-2024-4921
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 155