SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. AUMENTO DE CAPITAL. (BORME-C-2024-4921)
CLUB DE FUTBOL BADALONA FUTUR, SOCIEDAD ANONIMA DEPORTIVA
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 155
Martes 13 de agosto de 2024
Pág. 6094
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
AUMENTO DE CAPITAL
4921
CLUB DE FUTBOL BADALONA FUTUR, SOCIEDAD ANONIMA
DEPORTIVA
A los efectos de lo que establece el artículo 304 y siguientes del Real Decreto
Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley de Sociedades de Capital (LSC), se hace público que la Junta General
Extraordinaria de Accionistas del "Club de Fútbol Badalona Futur, Sociedad
Anónima Deportiva" (la "Sociedad"), celebrada en fecha 26 de julio de 2024, en
primera convocatoria, acordó aumentar el capital social de la Sociedad -de forma
simultánea a su previa reducción a cero para compensar pérdidas de la Sociedad
mediante la amortización de la totalidad de las acciones actuales-, hasta la cifra de
100.000 euros, mediante aportaciones dinerarias, a través de la emisión de un total
de 1.000 nuevas acciones, indivisibles y acumulables de un valor nominal de 100
euros cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 1 a la 1.000 ambas
inclusive.
Las nuevas acciones otorgan los mismos derechos y obligaciones que las
hasta ahora existentes y se emiten sin prima de emisión. Cada una de las nuevas
acciones empezará a disfrutar de los derechos a ella inherentes a partir de su
suscripción y desembolso.
De conformidad con lo dispuesto en el apartado primero del artículo 311 LSC,
la Junta General acordó que la suscripción de las acciones fuera total y completa,
por lo que el capital social se aumentará en la integridad de la cifra acordada por la
Junta General y, en caso de suscripción parcial o incompleta, quedará sin efecto el
aumento de capital acordado.
En virtud de los artículos 304 y siguientes LSC, se ofrece a los accionistas el
derecho a suscribir un número de acciones proporcional al valor nominal de las
acciones que posean en el momento de la adopción del acuerdo social descrito
anteriormente, y se fija el período de un (1) mes (el "Período de Suscripción
Preferente") a contar desde la publicación para que los accionistas de la Sociedad
que lo deseen procedan a la suscripción y el desembolso del valor nominal de las
nuevas acciones.
En el supuesto de que una vez finalizado el Período de Suscripción Preferente
quedasen acciones sin suscribir en el marco de la ampliación de capital proyectada
("Acciones Sobrantes"), se abrirá un período de asignación adicional en el que se
adjudicarán las Acciones Sobrantes a aquellos accionistas que, habiendo
ejercitado la totalidad de sus respectivos derechos de suscripción preferente,
hubieran solicitado la suscripción de acciones adicionales durante el período de
suscripción preferente. A estos efectos, los accionistas que deseen suscribir las
Acciones Sobrantes deberán enviar, durante el Período de Suscripción Preferente,
una comunicación dirigida al Consejo de Administración de la Sociedad donde
consten los siguientes extremos:
- Destinatario de la comunicación: Consejo de Administración de "Club de
Fútbol Badalona Futur, Sociedad Anónima Deportiva", con domicilio en 08917
cve: BORME-C-2024-4921
Verificable en https://www.boe.es
En caso de que la totalidad de los accionistas renunciaran expresamente a su
derecho de suscripción preferente con anterioridad a la finalización del Periodo de
Suscripción Preferente, el Consejo de Administración podrá declarar finalizado el
Periodo de Suscripción Preferente de forma anticipada.
Núm. 155
Martes 13 de agosto de 2024
Pág. 6094
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
AUMENTO DE CAPITAL
4921
CLUB DE FUTBOL BADALONA FUTUR, SOCIEDAD ANONIMA
DEPORTIVA
A los efectos de lo que establece el artículo 304 y siguientes del Real Decreto
Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley de Sociedades de Capital (LSC), se hace público que la Junta General
Extraordinaria de Accionistas del "Club de Fútbol Badalona Futur, Sociedad
Anónima Deportiva" (la "Sociedad"), celebrada en fecha 26 de julio de 2024, en
primera convocatoria, acordó aumentar el capital social de la Sociedad -de forma
simultánea a su previa reducción a cero para compensar pérdidas de la Sociedad
mediante la amortización de la totalidad de las acciones actuales-, hasta la cifra de
100.000 euros, mediante aportaciones dinerarias, a través de la emisión de un total
de 1.000 nuevas acciones, indivisibles y acumulables de un valor nominal de 100
euros cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 1 a la 1.000 ambas
inclusive.
Las nuevas acciones otorgan los mismos derechos y obligaciones que las
hasta ahora existentes y se emiten sin prima de emisión. Cada una de las nuevas
acciones empezará a disfrutar de los derechos a ella inherentes a partir de su
suscripción y desembolso.
De conformidad con lo dispuesto en el apartado primero del artículo 311 LSC,
la Junta General acordó que la suscripción de las acciones fuera total y completa,
por lo que el capital social se aumentará en la integridad de la cifra acordada por la
Junta General y, en caso de suscripción parcial o incompleta, quedará sin efecto el
aumento de capital acordado.
En virtud de los artículos 304 y siguientes LSC, se ofrece a los accionistas el
derecho a suscribir un número de acciones proporcional al valor nominal de las
acciones que posean en el momento de la adopción del acuerdo social descrito
anteriormente, y se fija el período de un (1) mes (el "Período de Suscripción
Preferente") a contar desde la publicación para que los accionistas de la Sociedad
que lo deseen procedan a la suscripción y el desembolso del valor nominal de las
nuevas acciones.
En el supuesto de que una vez finalizado el Período de Suscripción Preferente
quedasen acciones sin suscribir en el marco de la ampliación de capital proyectada
("Acciones Sobrantes"), se abrirá un período de asignación adicional en el que se
adjudicarán las Acciones Sobrantes a aquellos accionistas que, habiendo
ejercitado la totalidad de sus respectivos derechos de suscripción preferente,
hubieran solicitado la suscripción de acciones adicionales durante el período de
suscripción preferente. A estos efectos, los accionistas que deseen suscribir las
Acciones Sobrantes deberán enviar, durante el Período de Suscripción Preferente,
una comunicación dirigida al Consejo de Administración de la Sociedad donde
consten los siguientes extremos:
- Destinatario de la comunicación: Consejo de Administración de "Club de
Fútbol Badalona Futur, Sociedad Anónima Deportiva", con domicilio en 08917
cve: BORME-C-2024-4921
Verificable en https://www.boe.es
En caso de que la totalidad de los accionistas renunciaran expresamente a su
derecho de suscripción preferente con anterioridad a la finalización del Periodo de
Suscripción Preferente, el Consejo de Administración podrá declarar finalizado el
Periodo de Suscripción Preferente de forma anticipada.