SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-4339)
JIM SPORTS TECHNOLOGY, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) RACKETS & SPORTS WORLD, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
7 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 135

Lunes 15 de julio de 2024

Pág. 5408

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

4339

JIM SPORTS TECHNOLOGY, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
RACKETS & SPORTS WORLD, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio
("RDLME"), se hace pública la fusión por absorción de "Rackets & Sports World
S.L.U.", (Sociedad Absorbida) por "Jim Sports Technology, S.L.U." conforme al
proyecto común de fusión (el "Proyecto Común de Fusión") redactado, aprobado y
suscrito el 28 de junio de 2024 (la "Fusión").
La Fusión supone la absorción de la Sociedad Absorbida por parte de la
Sociedad Absorbente, con la extinción, mediante su disolución sin liquidación, de la
Sociedad Absorbida y la transmisión en bloque de su patrimonio a favor de la
Sociedad Absorbente, que adquirirá, por sucesión universal, la totalidad de los
derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida, todo ello de conformidad con el
Proyecto Común de Fusión y los balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de
2023.

Se hace constar el derecho que corresponde a los acreedores y
representantes de los trabajadores de las sociedades intervinientes en la fusión a
examinar en domicilio social, la siguiente documentación: (i) el Proyecto Común de
Fusión; (ii) las cuentas anuales e informes de gestión de los tres últimos ejercicios,
con los correspondientes informes de los auditores, cuando fuera aplicable; y (iii)
los balances de la Fusión, aprobados a 31 de diciembre de 2023. Además, se hace
constar que tendrán derecho a obtener la entrega o el envío gratuito del texto
íntegro de los mismos.
A continuación, se reproduce el contenido del Proyecto Común de Fusión,
redactado, aprobado y suscrito el 28 de junio de 2024:
"1. Introducción

cve: BORME-C-2024-4339
Verificable en https://www.boe.es

Se trata de una fusión especial, sometida al régimen de los artículos 9 y 56.1
RDLME, supuesto asimilado a la absorción de una sociedad íntegramente
participada del artículo 53.1 RDLME, dado que la Sociedad Absorbente y la
Sociedad Absorbida, son sociedades íntegramente participadas, de forma directa,
por el mismo socio único (fusión gemelar o entre hermanas). En consecuencia, la
Fusión se acoge al régimen simplificado, resultando de aplicación lo previsto en los
artículos 53.1 y 55 RDLME, no siendo necesario (i) La inclusión en el proyecto de
fusión de las menciones relativas al tipo de canje de las acciones o participaciones,
a las modalidades de entrega de las acciones o participaciones de la sociedad
resultante a los socios de la sociedad o sociedades absorbidas, a la fecha de
participación en las ganancias sociales de la sociedad resultante o a cualesquiera
peculiaridades relativas a este derecho o a la información sobre la valoración del
activo y pasivo del patrimonio de cada sociedad que se transmite a la sociedad
resultante o a las fechas de las cuentas de las sociedades que se fusionan, (ii) los
informes de Administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión, (iii) el
aumento de capital de la sociedad absorbente, y (iv) la aprobación de la Fusión por
el socio único de la Sociedad Absorbida, en ejercicio de las competencias de la
junta general, ni la aprobación de la Fusión por el socio único de la Sociedad
Absorbente, en ejercicio de las competencias de la junta general.