SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. AUMENTO DE CAPITAL. (BORME-C-2024-1751)
VYTRUS BIOTECH, S.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Martes 30 de abril de 2024

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con 93.766 acciones propias en autocartera, a las cuales no se les asignarán
derechos de suscripción preferente y que no se han tenido en cuenta a efectos del
cálculo de la proporción del número de derechos de suscripción preferente
necesarios para la suscripción de una Acción Nueva, y (ii) a los efectos de cuadrar
el Aumento de Capital y asegurar que el número total de derechos de suscripción
preferente que se pondrá en circulación permite la suscripción de un número
entero de Acciones Nuevas, D. Albert Jané Font y D. Óscar Expósito Tarrés han
renunciado cada uno ante la Entidad Agente (GVC Gaesco) al derecho de
suscripción preferente correspondiente a 130.667 acciones de su titularidad.
En consecuencia, dada la autocartera y esta renuncia, las acciones que
tendrán derecho de suscripción preferente serán 6.760.000 acciones.
En vista de lo anterior, y de conformidad con el artículo 304 de la Ley de
Sociedades de Capital, los accionistas podrán ejercer sus derechos de suscripción
preferente con respecto a la totalidad de las acciones emitidas, en la proporción de
[1] Acciones Nuevas por cada [13] acciones de la Sociedad actualmente en
circulación de las que sean titulares. Cada acción de la Sociedad actualmente en
circulación otorgará el derecho a recibir un derecho de suscripción preferente.
3.- Periodo de Suscripción Preferente. El periodo durante el cual los actuales
accionistas de la Sociedad pueden ejercer sus derechos de suscripción preferente
(el "Periodo de Suscripción Preferente") se iniciará el día siguiente al de la
publicación del presente acuerdo de aumento de capital en el Boletín Oficial del
Registro Mercantil y finalizará transcurridos 14 días naturales.
Los derechos de suscripción serán transmisibles en las mismas condiciones
que las acciones de las que derivan, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
306.2 de la Ley de Sociedades de Capital, y la Sociedad solicitará que los mismos
sean negociables en el segmento de negociación BME Growth de BME MTF
Equity ("BME Growth") durante los últimos cinco días hábiles bursátiles del Periodo
de Suscripción Preferente (el "Periodo de Negociación").
4.- Periodo de Asignación Discrecional. Si, tras el Periodo de Suscripción
Preferente, quedasen Acciones del Aumento de Capital con Derechos por suscribir
y adjudicar (las "Acciones Sobrantes"), la Entidad Agente lo pondrá en
conocimiento del Consejo de Administración 4 días hábiles bursátiles tras la
finalización del Período de Suscripción Preferente y se iniciará un Período de
Asignación Discrecional para dichas acciones (el "Periodo de Asignación
Discrecional").
El Periodo de Asignación Discrecional se iniciará el quinto día hábil siguiente al
de finalización del Periodo de Suscripción Preferente, y tendrá una duración
máxima de un día hábil. Durante el Periodo de Asignación Discrecional, el Consejo
de Administración podrá ofrecer las Acciones Sobrantes a terceros (incluyendo
Accionistas Legitimados e Inversores). Las peticiones de suscripción realizadas
durante este Periodo de Asignación Discrecional se harán a través de las
Entidades Participantes y serán firmes, incondicionales e irrevocables, dejando a
salvo la facultad del Consejo de Administración de decidir su adjudicación.
A la finalización de dicho periodo, la Entidad Agente comunicará las peticiones
de Acciones Sobrantes cursadas por accionistas y terceros inversores al Consejo
de Administración de la Sociedad. El Consejo de Administración decidirá
discrecionalmente la distribución de las Acciones Sobrantes, sin que en ningún
caso tenga la consideración de oferta pública.

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Núm. 84