SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. CONVOCATORIAS DE JUNTAS. (BORME-C-2024-1620)
AMADEUS IT GROUP, S.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 82

Viernes 26 de abril de 2024

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uno de los titulares indirectos o terceros designados por estos, sin que pueda
limitarse el número de delegaciones otorgadas.
Se hace constar que, si el representante designado fuera el Presidente o
cualquier otro miembro del Consejo de Administración, puede encontrarse en
conflicto de interés en relación con las propuestas de acuerdo formuladas fuera del
Orden del Día, cuando se refieran a su revocación como Consejero o a la
exigencia de responsabilidades. Dicho conflicto de interés puede hacerse
extensivo al punto tercero, quinto, sexto, séptimo, octavo y noveno del Orden del
Día.
VOTO A DISTANCIA PREVIO A LA CELEBRACIÓN DE LA JUNTA
El ejercicio del derecho de voto sobre las propuestas de acuerdos
correspondientes a los puntos comprendidos en el Orden del Día con anterioridad
a la Junta General se deberá realizar conforme a alguno de los siguientes medios
de comunicación a distancia:
- Correspondencia postal
El accionista podrá emitir su voto mediante correspondencia postal, remitiendo
al domicilio social de la Sociedad en la calle Salvador de Madariaga, 1, 28027
Madrid, -Departamento de Relaciones con los Inversores- la tarjeta de voto emitida
por la entidad encargada del registro de anotaciones en cuenta debidamente
firmada y cumplimentada por el accionista. Las personas jurídicas que emitan su
voto por este medio deberán acompañar testimonio notarial de los poderes del
representante que firme la tarjeta de voto o acreditar sus poderes por cualquier
medio admitido en derecho.
- Medios electrónicos
Las personas físicas podrán emitir su voto en la forma prevista en la página
web corporativa de la Sociedad -www.corporate.amadeus.com/ Información para
Inversores/ Junta General de Accionistas/Servicio Electrónico-, siguiendo las
instrucciones establecidas a tales efectos, mediante la utilización de firma
electrónica (Certificado Electrónico de Usuario emitido por la Fábrica Nacional de
Moneda y Timbre) o Documento Nacional de Identidad electrónico.
- Disposiciones comunes para los medios de comunicación a distancia

El voto emitido por medios de comunicación a distancia habrá de ser recibido
en el Departamento de Relaciones con el Inversor antes de las once horas del día
4 de junio de 2024. Los recibidos con posterioridad se tendrán por no emitidos. Las
delegaciones realizadas con anterioridad a la emisión de ese voto se entenderán
revocadas y las conferidas con posterioridad se tendrán por no efectuadas.
El voto emitido por cualquiera de los medios de comunicación a distancia
quedará sin efecto por revocación expresa del accionista, efectuada por el mismo
medio, por asistencia telemática a la Junta del accionista que lo hubiera emitido o
por la enajenación de las acciones por el accionista que hubiera emitido el voto de
que tuviera conocimiento la Sociedad al menos cinco (5) días antes de la fecha
prevista para la celebración de la Junta en primera convocatoria.
INCIDENCIAS TÉCNICAS

cve: BORME-C-2024-1620
Verificable en https://www.boe.es

La validez del voto conferido por medios de comunicación a distancia queda
sujeto a la comprobación de los datos facilitados por el accionista con el fichero
HTITU02 facilitado por IBERCLEAR. En caso de discrepancia en cuanto al número
de acciones comunicado por el accionista que emite su voto por medios de
comunicación a distancia y el mencionado fichero, prevalecerá este último.