SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. CONVOCATORIAS DE JUNTAS. (BORME-C-2024-1228)
IBERPAPEL GESTIÓN, S.A.
9 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Jueves 11 de abril de 2024

Pág. 1624

EJERCICIO DEL DERECHO DE VOTO
El ejercicio del derecho de voto podrá realizarse por el accionista mediante su
asistencia personal o a través de representante a la Junta general o mediante
correspondencia postal o medios electrónicos.
Para la emisión del voto a distancia mediante correspondencia postal, los
accionistas deberán cumplimentar y firmar el apartado "Voto a Distancia Postal" de
la tarjeta de asistencia, delegación y voto emitida en papel por la entidad
participante en Iberclear en la que tengan depositadas sus acciones. Una vez
cumplimentada y firmada con firma manuscrita la tarjeta de asistencia, delegación
y voto, en la que conste con claridad la identidad del accionista, el número de
acciones de las que es titular, el sentido de su voto para cada uno de los puntos
del Orden del Día, y adjuntando copia del DNI o Pasaporte, si el accionista es
persona física y, además, documento que acredite la representación, en caso de
que el accionista sea persona jurídica, deberá remitir todo ello en sobre cerrado al
domicilio social sito en Avda. Sancho el Sabio, 2, 1º, 20010 San Sebastián
(Guipúzcoa) a la atención de la Secretaria del Consejo.
En el supuesto de que la tarjeta de asistencia emitida por la entidad
participante en Iberclear, no incorpore el apartado dedicado al "Voto a Distancia
Postal", el accionista que desee votar a distancia mediante voto postal deberá
descargar de la página web de Iberpapel www.iberpapel.es e imprimir en papel la
Tarjeta de Voto, cumplimentándola y firmándola junto con la tarjeta de asistencia
emitida por la entidad participante en Iberclear. Una vez cumplimentadas y
firmadas con firma manuscrita ambas tarjetas, y adjuntando copia del DNI o
Pasaporte, si el accionista es persona física y, además, documento que acredite la
representación, en caso de que el accionista sea persona jurídica, deberá remitir
todo ello en sobre cerrado al domicilio social a la atención de la Secretaria del
Consejo.
Si se utilizan medios electrónicos, el accionista deberá seguir los pasos
indicados en el programa informático habilitado al efecto o rellenar el formulario
establecido al efecto que tiene a su disposición en la página web de la Sociedad
(www.iberpapel.es). El formulario se adjuntará a un correo electrónico que será
firmado digitalmente con Firma Electrónica Válida, debiéndolo remitir a la dirección
de correo electrónico que la Sociedad ha establecido
(juntageneral2024@iberpapel.es).
El voto emitido bien por correspondencia postal o por medios electrónicos, no
será válido si no se recibe por la Sociedad, al menos, 24 horas antes de la fecha
prevista para la celebración de la Junta en primera convocatoria.
De conformidad con el artículo 524 de la Ley de Sociedades de Capital las
entidades que aparezcan legitimadas como accionistas en virtud del registro
contable de las acciones, pero actúen por cuenta de diversas personas, podrán en
todo caso fraccionar el voto y ejercitarlo en sentido divergente en cumplimiento de
instrucciones de voto diferentes, si así las hubieran recibido. Estas entidades
intermedias podrán delegar el voto a cada uno de los titulares indirectos o a
terceros designados por estos, sin que pueda limitarse el número de delegaciones
otorgadas.
NORMAS COMUNES AL EJERCICIO DEL DERECHO DE
REPRESENTACIÓN Y DE VOTO POR MEDIOS DE COMUNICACIÓN A
DISTANCIA

cve: BORME-C-2024-1228
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 71