SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. AUMENTO DE CAPITAL. (BORME-C-2024-1219)
GLOBAL BARBIZON, S.L.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 70

Miércoles 10 de abril de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
AUMENTO DE CAPITAL

1219

GLOBAL BARBIZON, S.L.

A los efectos previstos en los artículos 305 de la Ley de Sociedades de Capital
y 198 del Reglamento del Registro Mercantil, se comunica que la Junta General de
Socios de Global Barbizon, S.L. (la "Sociedad"), con fecha 2 de abril de 2024, ha
acordado aumentar el capital social de la Sociedad mediante aportaciones
dinerarias.
A continuación se detallan los términos y condiciones más relevantes del
referido aumento de capital:
1. Aumento de capital social
La Junta General de Socios acordó por unanimidad de los socios presentes y
representados aumentar el capital social de la Sociedad por un importe de 27.215
euros mediante la creación y puesta en circulación de 27.215 nuevas
participaciones sociales de un (1) euro de valor nominal cada una, numeradas
correlativamente de la a 1.962.980 al 1.990.194, ambos inclusive, en la siguiente
proporción:
(a) 16.394 participaciones sociales de Clase A (las números 1.962.980 al
1.979.373, ambas inclusive);
(b) 3.131 participaciones sociales de Clase B (las números 1.979.374 al
1.982.504, ambos inclusive); y
(c) 7.690 participaciones sociales de Clase C (las números 1.982.505 al
1.990.194, ambas inclusive).
El tipo de emisión unitario de las nuevas participaciones es de 11,1108 euros,
correspondiendo 1 euro a valor nominal y con una prima de asunción por
participación social equivalente a aproximadamente 10,1108 euros (275.146,72/
27.215). En consecuencia, la prima total correspondiente a las nuevas
participaciones que se crean es de 275.146,72 euros y el tipo agregado de emisión
es de 302.361,72 euros.
El valor nominal y la prima de las nuevas participaciones deberán ser
íntegramente desembolsados en el momento de su asunción mediante
aportaciones dinerarias.

2. Derecho de asunción preferente y reglas de ejecución del acuerdo
2.1. Derecho de asunción preferente
Los actuales socios tendrán derecho preferente a asumir un número de
participaciones proporcional al valor nominal de las participaciones que posean de
conformidad con las siguientes reglas:
(i) Derechos de asunción preferente. Cada participación Clase A de la

cve: BORME-C-2024-1219
Verificable en https://www.boe.es

Las nuevas participaciones sociales de la Clase A, Clase B y Clase C que sean
creadas en virtud del aumento de capital conferirán a sus titulares idénticos
derechos que las participaciones de la Clase A, Clase B y Clase C actualmente en
circulación, según sea el caso.