SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-1140)
SERESCO, SOCIEDAD ANÓNIMA (SOCIEDAD ABSORBENTE) SE PROGRAMA EN WINDOWS, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 67

Viernes 5 de abril de 2024

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9.- Fechas de las cuentas de las sociedades que se fusionan utilizadas para
establecer las condiciones en que se realiza la fusión.
Tanto en la sociedad Absorbente como en la sociedad Absorbida se tomarán
las cuentas cerradas a 31 de diciembre de 2023.
10.- La acreditación de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las
obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, mediante la aportación de
los correspondientes certificados, válidos y emitidos por el órgano competente.
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 40.9 RDLME se adjuntan
certificados de cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad
Social de la sociedad Absorbente y Absorbida.
11.- Previsión de las consecuencias de la fusión sobre el empleo.
Se deja expresa constancia de que la fusión proyectada no tendrá ninguna
consecuencia en el número de los empleados de las sociedades que se fusionan,
al subrogarse la Sociedad Absorbente en todos los derechos y obligaciones
laborales de la Sociedad Absorbida.
12.- Régimen fiscal
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 89.1 de la Ley 27/2014, de 27 de
noviembre del Impuesto sobre Sociedades, se hace constar que la fusión
proyectada se acoge al régimen especial de neutralidad fiscal regulado en el
Capítulo VII del Título VII de la citada Ley.
13.- Aprobación de la operación de fusión por parte de las sociedades
intervinientes.

De conformidad con lo establecido en el artículo 46 RDLME, se hace constar
que el presente proyecto de fusión, así como el resto de documentación que exige
a efectos de información el artículo 46.1 números 1º a 5º, del citado cuerpo legal,
serán colocados en las páginas web de la sociedad absorbente en formato
descargable con un mes de antelación a la fecha de formalización de la fusión.
Dado que la sociedad absorbida no tiene página web se informa del derecho que
asiste a los socios, los obligacionistas, los titulares de derechos especiales y los
representantes de los trabajadores que así lo soliciten por cualquier medio
admitido en Derecho tendrán derecho al examen en el domicilio social de copia
íntegra de los documentos a que se refiere el artículo 46 números 1º a 5º, así
como a la entrega o al envío gratuitos, por medios electrónicos, de un ejemplar de
cada uno de ellos.
De conformidad con lo establecido en el artículo 55.1 del RDLME, se hace
constar el derecho que corresponde a los socios de la Sociedad Absorbente y a los
acreedores de las sociedades que participan en la fusión a examinar en el
domicilio social el proyecto común y las cuentas anuales y los informes de gestión
de los últimos tres ejercicios, así como los informes de los correspondientes

cve: BORME-C-2024-1140
Verificable en https://www.boe.es

Los acuerdos de aprobación del Proyecto de Fusión, de los respectivos
Balances de Fusión y de la fusión en sí misma, así como de todos aquellos
acuerdos que sean considerados complementarios o convenientes para la plena
ejecución de la fusión, serán adoptados en tiempo y forma, según lo dispuesto en
el RDLME.