SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. AUMENTO DE CAPITAL. (BORME-C-2024-1031)
HANNUN, S.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Martes 26 de marzo de 2024

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en que se divide el capital social de la Sociedad. Es decir, se han descontado del
número total de acciones emitidas y en circulación a los efectos de calcular el
número de acciones antiguas necesario para suscribir una Nueva Acción.
Asimismo, a los efectos de que la proporción entre acciones nuevas y antiguas
sea entera, los accionistas D. Joan Josep Álvarez Morán y D. Maurici Badia
Torguet han renunciado ante la Banco Sabadell, S.A. ("Entidad Agente") al
derecho de suscripción preferente correspondiente a 760.506 y 1.956.443
acciones de su titularidad, respectivamente. En consecuencia, dada la autocartera
y estas renuncias, las acciones que tendrán derecho de suscripción preferente
serán 28.144.239 acciones.
En todo caso, con objeto de no suspender la actividad del proveedor de
liquidez y de que sea igual el número de acciones en autocartera en la fecha
precedente a la de adopción del acuerdo del aumento de capital y en la fecha en
que se inscriban los derechos de suscripción preferente a favor de sus titulares en
sus respectivas cuentas, el accionista D. Joan Josep Álvarez Morán se
compromete a renunciar a los derechos correspondientes establecidos por la
ecuación de canje de manera que la misma permanezca en la proporción
establecida (1 acción nueva por cada 3 antiguas).
El derecho de suscripción preferente sobre las Nuevas Acciones será
transmisible en las mismas condiciones que las acciones de las que deriven, de
conformidad con lo previsto en el artículo 306.2 de la Ley de Sociedades de
Capital. En consecuencia, tendrán derecho de suscripción preferente los
accionistas que no hubieran transmitido sus derechos de suscripción preferente y
los inversores que adquieran tales derechos en el mercado en una proporción
suficiente para suscribir acciones de acuerdo con la Relación de Suscripción.
En cualquier caso, cada Nueva Acción suscrita en ejercicio del derecho de
suscripción preferente deberá ser desembolsada al precio de suscripción, es decir
0,25 euros.
3.2. Mercado de derechos de suscripción preferente.
La Sociedad solicitará la incorporación de los derechos de suscripción
preferente a BME Growth y que los mismos sean negociables en BME Growth
durante los cinco (5) últimos días hábiles bursátiles del Periodo de Suscripción
Preferente. Todo ello queda supeditado a la adopción del oportuno acuerdo de
incorporación de los derechos de suscripción preferente por parte del Consejo de
Administración de BME Growth y la publicación de la correspondiente Instrucción
Operativa.
3.3. Procedimiento para el ejercicio del derecho de suscripción preferente.
Para ejercer los derechos de suscripción preferente durante el Periodo de
Suscripción Preferente, los accionistas y los inversores, en su caso, deberán
dirigirse a la Entidad Participante en cuyo registro contable tengan inscritas sus
acciones o los derechos de suscripción preferente, indicando su voluntad de
ejercer su derecho de suscripción preferente y, en su caso, de solicitar la
suscripción de acciones adicionales.
Las órdenes que se cursen referidas al ejercicio de derechos de suscripción
preferente se entenderán formuladas con carácter firme, irrevocable e

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