SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-966)
AUDAX RENOVABLES, S.A. (SOCIEDAD ABSORBENTE) GENERACIÓN IBERIA, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Viernes 22 de marzo de 2024

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sometido a participantes por contemplarse los requisitos legales de las fusiones la
aprobación de las Juntas Generales de las sociedades especiales, tal y como se
ha descrito en el apartado 1. c) exigencias legales de este Proyecto de Fusión, en
base a los artículos 53.4 y 55 del RDLME, y por ello, se procederá a la publicación
de dicho proyecto por medio de un anuncio en tiempo y forma regulado en el
referido precepto 55 del RDLME.
6. DERECHOS DE INFORMACIÓN, ANUNCIOS Y DERECHOS DE LOS
SOCIOS, ACREEDORES Y TRABAJADORES.
Los administradores de las sociedades participantes publicarán un anuncio en
tiempo y forma tal y como se describe en el artículo 55 RDLME.
Dicho anuncio se publicará con un mes de antelación como mínimo de la fecha
prevista para la formación de la absorción por cada una de las sociedades en la
web de la sociedad o, en caso de no existir, en el "Boletín Oficial del Registro
Mercantil" o en uno de los diarios de mayor difusión en la provincia, se hará
constar el derecho que corresponde a los socios/accionistas de la sociedad
absorbente y a los acreedores de las sociedades que participan en la fusión a
examinar en el domicilio social el proyecto común y las cuentas anuales y los
informes de gestión de los últimos tres ejercicios así como los informes de los
correspondientes auditores de las sociedades en que fueran legalmente exigibles y
los balances de fusión cuando fueran distintos del último balance aprobado, o, en
caso de sociedad cotizada, el informe financiero semestral, así como a obtener
cuando no se haya publicado en la página web, la entrega o el envío gratuitos del
texto íntegro de los mismos.
El anuncio mencionará el derecho de los socios que representen, al menos, el
uno por ciento del capital social a exigir la celebración de la junta de la sociedad
absorbente para la aprobación de la absorción en el plazo de un mes desde la
publicación del proyecto en los términos establecidos en el RDLME.
La publicación del proyecto por cada una de las dos sociedades en los
términos indicados en el art 55 RDLME exime a tales sociedades de la publicación
del acuerdo de fusión.
Los administradores de la sociedad absorbente estarán obligados a convocar
la junta para que apruebe la absorción cuando, dentro de los quince días
siguientes a la publicación del último de los anuncios a los que se refiere el
apartado anterior, lo soliciten socios que representen, al menos, el uno por ciento
del capital social.
En este supuesto, la junta debe ser convocada para su celebración dentro de
los dos meses siguientes a la fecha en que se hubiera requerido notarialmente a
los administradores para convocarla.
Adicionalmente, se pondrá a disposición de los trabajadores para su examen
en el domicilio social de las sociedades partícipes, el Proyecto Común de Fusión y
los demás documentos e información a los que se refiere el artículo 46 del RDLME.
Se reconoce en base al artículo 7.1.2.º RDLME a los socios, acreedores y a los
trabajadores su derecho a presentar ante las sociedades participantes objeciones
relativas al Proyecto Común de Fusión, a más tardar cinco días laborables antes
de la fecha prevista para la formación de la absorción.

cve: BORME-C-2024-966
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Núm. 59