SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES. (BORME-C-2024-880)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 55

Lunes 18 de marzo de 2024

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Asimismo, respecto a las Acciones Nuevas que se emitan para atender la
conversión de Obligaciones Convertibles, a instancias de la presentación de una
Solicitud de Conversión o el acaecimiento de un Supuesto de Vencimiento
Anticipado o la Conversión Anticipada, y en todo caso, tras la Fecha de
Vencimiento, una vez inscrita la correspondiente escritura pública de emisión de
Acciones Nuevas en el Registro Mercantil, se solicitará el alta de las Acciones
Nuevas en los registros contables de Iberclear y su admisión a negociación en las
Bolsas de Valores españolas.
Sindicato de Obligacionistas. De conformidad con los artículos 419 de la Ley
de Sociedades de Capital y 41 de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados
de Valores y de los Servicios de Inversión (la "Ley de los Mercados de Valores"),
se constituirá un sindicato de obligacionistas (el "Sindicato de Obligacionistas"), al
que será de aplicación lo previsto en el Título XI, Capítulo IV, de la Ley de
Sociedades de Capital y en el reglamento del Sindicato de Obligacionistas adjunto
a la escritura pública de la Emisión (el "Reglamento").
Se ha nombrado a Bondholders, S.L., como comisario del Sindicato de
Obligacionistas, sociedad limitada, con domicilio a efecto de notificaciones en
Valencia (España), Avenida de Francia, núm. 17, A-1 (código postal 46023) y
número de identificación fiscal (NIF) B-98604986 (el "Comisario"), quien aceptó su
cargo con fecha 12 de marzo de 2024, y ejercerá su cargo en tanto no sea
sustituido por la asamblea general del Sindicato de Obligacionistas.
El Reglamento se incluye como Anexo II a la Nota sobre Valores y podrá
consultarse en todo momento en las oficinas de la Sociedad, así como en su
página web corporativa (www.prisa.com).
Ley aplicable y jurisdicción. El régimen legal aplicable a las Obligaciones
Convertibles es el previsto en la legislación española y, en concreto, en las
disposiciones incluidas en la Ley de Sociedades de Capital y en la Ley de los
Mercados de Valores, sus respectivas normas de desarrollo y demás normativa
aplicable. Mediante el ejercicio de los derechos de suscripción preferente, la
solicitud de Obligaciones Convertibles Adicionales y las peticiones de suscripción
de Obligaciones Convertibles de Asignación Discrecional, los accionistas e
inversores aceptan, de forma irrevocable e incondicional, que los Juzgados y
Tribunales de Madrid tengan competencia exclusiva para resolver cualquier
discrepancia que pueda surgir en relación con la Oferta y la Emisión, o derivado y
relacionado con las Obligaciones Convertibles.

Para más información en relación con la legislación y jurisdicción aplicable a
las Obligaciones Convertibles, véase el punto 4.2 de la Nota sobre Valores.
Madrid, 14 de marzo de 2024.- El Secretario del Consejo de Administración,
Pablo Jiménez de Parga Maseda.
ID: A240011588-1

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Sin perjuicio de lo anterior, por la adhesión de los titulares de las Obligaciones
Convertibles, a través del Comisario, al Contrato entre Acreedores, las eventuales
disputas que pudieran tener éstos frente al resto de los acreedores de Prisa que
sean parte del Contrato entre Acreedores se someterán a legislación inglesa y a la
jurisdicción de los tribunales ingleses.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958