SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. CONVOCATORIAS DE JUNTAS. (BORME-C-2024-815)
CASTELLANA INMUEBLES Y LOCALES, S.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 53

Jueves 14 de marzo de 2024

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publicación de la presente convocatoria.
En el escrito de notificación se hará constar el nombre o denominación social
del accionista o accionistas solicitantes, y se acompañará la oportuna
documentación -copia de la tarjeta de asistencia o certificado de legitimación- que
acredite su condición de accionistas.
El complemento de la convocatoria se publicará con quince días de antelación,
como mínimo, a la fecha señalada para la celebración de la Junta en primera
convocatoria.
Derecho de Información
Se hace constar el derecho de los accionistas a solicitar por escrito los
informes y aclaraciones que estimen precisos sobre los asuntos comprendidos en
el Orden del Día, ello en la forma establecida en la legislación vigente
Derecho de Asistencia
Podrán asistir a la Junta General y tomar parte en sus deliberaciones, con
derecho a voz y voto, el accionista que con cinco días de antelación a aquél en que
haya de celebrarse la Junta tenga inscrita la titularidad de acciones a su nombre en
el Libro de acciones nominativas de la sociedad.
Derecho de Representación
Sin perjuicio de la asistencia de las entidades jurídicas accionistas a través de
quién ostenten el poder de su representación, todo accionista que tenga derecho
de asistencia podrá hacerse representar en la Junta General por medio de otra
persona, aunque ésta no sea accionista, debiendo conferirse la representación por
escrito y ser esta especial para cada Junta.
La representación es siempre revocable. La asistencia personal del
representado a la Junta tendrá valor de revocación.
La delegación de la representación deberá ser cumplimentada y firmada por el
accionista, suscribiendo la correspondiente tarjeta de asistencia y delegación.
La persona a cuyo favor se confiera la representación deberá ejercitarla
asistiendo personalmente a la Junta, haciendo entrega de la tarjeta de asistencia y
delegación al Presidente o Secretario del consejo de administración quienes,
gozarán de las más amplias facultades, en cuanto en Derecho sea posible, para
admitir la validez del documento acreditativo de la representación.
Intervención de Notario en la Junta
De conformidad con lo establecido en el artículo 203 de la Ley de Sociedades
de Capital, el Consejo de Administración requerirá la presencia de un Notario del
Ilustre Colegio Notarial de Madrid, para que levante Acta de la Junta.

ID: A240010542-1

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En Madrid, 4 de marzo de 2024.- La Presidente del Consejo de Administración,
Doña Alejandra Ortega Manteola.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958