SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. CONVOCATORIAS DE JUNTAS. (BORME-C-2024-704)
LÍNEA DIRECTA ASEGURADORA, S.A., COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Martes 5 de marzo de 2024

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a la voluntad de la Sociedad, que impidan la utilización de los mecanismos de
asistencia telemática a la Junta General. Lo anterior es sin perjuicio de que se
adopten las medidas que cada situación requiera, entre ellas, la eventual
suspensión temporal o prórroga de la Junta General si ello fuese preciso para
garantizar el pleno ejercicio de sus derechos por los accionistas o sus
representantes.
DERECHO DE REPRESENTACIÓN
Todo accionista que tenga derecho de asistencia a la Junta General podrá
hacerse representar por otra persona, aunque no sea accionista, cumpliendo los
requisitos y formalidades exigidos por la ley. La representación deberá conferirse
con carácter especial para cada Junta General por los medios admitidos por la Ley,
incluida la fórmula de representación impresa en la tarjeta de asistencia,
delegación y voto expedido por la entidad encargada de la llevanza del registro de
anotaciones en cuenta.
La representación que se confiera mediante medios de comunicación a
distancia, sólo se reputará válida si se realiza mediante:
- entrega o correspondencia postal: remitiendo o entregando al domicilio de la
Sociedad (Oficina del Accionista – C/ Torres Quevedo nº 1, 28760, Tres Cantos,
Madrid) la tarjeta de asistencia, delegación y voto debidamente cumplimentada y
firmada, o
- comunicación electrónica: siguiendo el procedimiento detallado al efecto, que
se encuentra publicado en la web corporativa https://
www.lineadirectaaseguradora.com/gobierno-corporativo/junta-general-accionistas.
En particular, la representación mediante comunicación electrónica con la
Sociedad se conferirá a través de la plataforma electrónica disponible en la web
corporativa e identificándose con su (i) certificado electrónico reconocido del que
no conste su revocación, en los términos previstos en la Ley 6/2020, de 11 de
noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de
confianza, vigente y emitido por la Entidad Pública de Certificación Española
(CERES) dependiente de la entidad pública empresarial Fábrica Nacional de
Moneda y Timbre y Real Casa de la Moneda (FNMT-RCM), (ii) su DNI electrónico
(DNIe).
En ambos casos, la Compañía deberá recibir las representaciones o
delegaciones emitidas a distancia con 24 horas de antelación a la hora prevista
para la celebración de la Junta General en primera convocatoria (esto es, antes de
las doce horas y treinta minutos CET del día 10 de abril de 2024).
Si la representación hubiera sido válidamente otorgada, pero se suscitaran
dudas sobre la identidad del representante o no se indicase la persona concreta,
se entenderá, salvo indicación expresa en contrario del representado, que la
delegación se efectúa en favor del Presidente del Consejo de Administración, y en
ausencia de éste o en caso de conflicto, al Secretario de la Junta General.
A los efectos de lo dispuesto en los artículos 523 y 526 de la Ley de
Sociedades de Capital, se informa de que todos o algún miembro del Consejo de
Administración, pueden encontrarse en conflicto de intereses en relación con el
punto 7º del Orden de día, y en los supuestos recogidos en los apartados a), b), c)
y d) del artículo 526.1 de la Ley de Sociedades de Capital (nombramiento,
reelección o ratificación de administradores, destitución, separación o cese de
administradores, ejercicio de la acción social de responsabilidad y aprobación o
ratificación de operaciones de la sociedad con el administrador que se trate) que
pudieran presentarse fuera del orden del día con arreglo a la Ley.

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Núm. 46