SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. CONVOCATORIAS DE JUNTAS. (BORME-C-2023-1371)
ELECNOR, S.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 68

Martes 11 de abril de 2023

Pág. 1724

Junta.
El asistente telemático que desee que su intervención conste en el acta de la
Junta General habrá de indicarlo expresamente en el texto de aquélla.
3. Votaciones durante la Junta General:
La emisión del voto sobre las propuestas relativas a puntos comprendidos en el
Orden del Día durante la celebración de la Junta podrá realizarse a través del
enlace de la plataforma informática habilitada en la página web corporativa
(www.grupoelecnor.com), a partir del momento de su conexión como asistente
telemático conforme al apartado 1.b. anterior y hasta el momento en que finalice la
lectura de las propuestas de acuerdos.
De otro lado, respecto de las propuestas de acuerdos sobre aquellos asuntos
no comprendidos en el Orden del Día que se hubieran presentado en los
supuestos legalmente admisibles, los asistentes por medios telemáticos podrán
emitir sus votos a partir del momento en que por el Secretario de la Junta General
se dé lectura a dichas propuestas para proceder a su votación y se habiliten en la
plataforma informática.
En todo caso, el proceso de votación telemática respecto de todas las
propuestas sometidas a la votación de la Junta finalizará en el momento en que se
dé por concluida la votación de las propuestas de acuerdo durante la Junta, lo que
se indicará oportunamente durante el transcurso de la misma.
4. Abandono de la reunión:
El asistente por medios telemáticos que desee manifestar su abandono
expreso de la Junta, deberá hacerlo a través del botón habilitado al efecto en la
plataforma informática para la asistencia telemática de la página web de la
Sociedad. Una vez haya comunicado su voluntad expresa de abandonar la
reunión, se tendrán por no realizadas todas las actuaciones que efectúe con
posterioridad.
5. Otras cuestiones:

La Sociedad no será responsable de los perjuicios que pudieran ocasionarse al
Accionista, o su representante, derivados de averías, sobrecargas, caídas de
líneas, fallos en la conexión o cualquier otra eventualidad de igual o similar índole,
ajenas a la voluntad de la Sociedad, que impidan ocasionalmente la utilización de
los mecanismos de asistencia telemática a la Junta, sin perjuicio de que se
adopten las medidas que cada situación requiera, entre ellas, la eventual
suspensión temporal o prórroga de la Junta General si ello fuese preciso para
garantizar el pleno ejercicio de sus derechos por los Accionistas o sus
representantes.
A todos los efectos oportunos, la asistencia telemática del Accionista será
equivalente a la asistencia física a la Junta General de Accionistas.
La asistencia telemática sólo se considerará válida si se confirma la condición
de Accionista, comprobando que la titularidad y el número de acciones que
proporcionen cada una de las personas que asistan telemáticamente coinciden con
los datos proporcionados por Iberclear.

cve: BORME-C-2023-1371
Verificable en https://www.boe.es

Los Accionistas que emitan su voto por medios electrónicos durante la Junta
en los términos indicados en el apartado 3 serán considerados como presentes a
los efectos de la constitución de la Junta General. En consecuencia, las
representaciones otorgadas y los votos emitidos por ellos con anterioridad se
tendrán por no efectuados.