SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. CONVOCATORIAS DE JUNTAS. (BORME-C-2023-1169)
ACS, ACTIVIDADES DE CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS, S.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Jueves 30 de marzo de 2023

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ejercitarse por correo postal siempre que se garantice debidamente la
identificación del accionista. Los accionistas podrán utilizar a estos efectos el
documento nominativo emitido con ocasión de la convocatoria de la Junta General
por la entidad financiera donde sean titulares de la cuenta de valores. Asimismo,
en la página web corporativa, www.grupoacs.com, dispondrán del modelo de
formulario de emisión del voto anticipado por correo postal en un formato que
permita su impresión, pudiendo solicitar a la Sociedad el envío inmediato y gratuito
del formulario por correo postal o electrónico. Una vez cumplimentado y firmado, el
documento nominativo emitido con ocasión de la convocatoria de la Junta General
por la entidad financiera donde sea titular de la cuenta de valores o, en su caso, el
formulario publicado en la página web de la Sociedad, podrá enviarse junto con
una fotocopia del DNI, NIE o Pasaporte (o documento acreditativo equivalente) del
accionista por correo postal a la siguiente dirección: ACS, Actividades de
Construcción y Servicios, S.A., Secretaría General, Avenida de Pío XII número
102, 28036 Madrid, España.
2.- Voto anticipado a distancia por medios electrónicos. El voto anticipado a
distancia por medios electrónicos se ejercitará a través de la "Plataforma de
Participación Electrónica" (https://portal.juntaaccionistas.net/ACS/index.html)
instalada en la página web de la Sociedad, www.grupoacs.com, que estará activa a
partir de la fecha de publicación de la convocatoria de la Junta General. Para poder
acceder al sistema y utilizar sus aplicaciones, los accionistas deberán registrarse
como Usuario Registrado acreditando tanto su identidad como la condición de
accionista mediante la cumplimentación del correspondiente formulario de alta y de
acuerdo con los Términos y Condiciones descritos en la página web de la
Sociedad. En el caso de accionistas personas jurídicas, la persona física
representante deberá acreditar, en cada caso, su representación mediante la
cumplimentación del correspondiente formulario de alta y de acuerdo con los
Términos y Condiciones descritos en la página web de la Sociedad. La identidad
de las personas físicas que deseen acceder al sistema como accionistas o
representantes de personas jurídicas que fueren accionistas, se acreditará
mediante: (i) El Documento Nacional de Identidad Electrónico, o (ii) El certificado
electrónico de usuario reconocido, válido y vigente emitido por la Autoridad Pública
de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda
y Timbre. Los accionistas cuyos datos ya constaren en los registros de la Sociedad
a la fecha de publicación del anuncio de convocatoria de la Junta, serán
reconocidos de forma automática por el sistema, una vez hayan acreditado su
identidad por los medios indicados en los párrafos anteriores. Los accionistas
cuyos datos aun no constaren en los registros de la Sociedad a la fecha de
publicación del anuncio de convocatoria de la Junta, podrán acreditarla mediante la
remisión, a través de la aplicación y siguiendo el procedimiento allí descrito, de una
copia digital del original del documento nominativo emitido con ocasión de la
convocatoria de la Junta General por la entidad financiera donde el accionista sea
titular de la cuenta de valores, o de un certificado de legitimación, emitido con
arreglo a lo dispuesto en la normativa reguladora del mercado de valores. Una vez
acreditadas la identidad y condición de accionista de la Sociedad por los medios
anteriormente indicados, se autorizará el acceso del usuario al sistema, dándole de
alta como Usuario Registrado, para lo que se le remitirá la confirmación a la
dirección de correo electrónico que el usuario hubiere facilitado a estos efectos en
el proceso de registro, momento a partir del cual el accionista podrá emitir su voto.
El acceso al sistema por parte de los Usuarios Registrados queda condicionado al
mantenimiento, en todo momento, de la condición de accionista. Si la Sociedad
tuviese en algún momento dudas razonables sobre el cumplimiento de estas
condiciones por algún Usuario Registrado, podrá requerirle para que acredite el

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