SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. CONVOCATORIAS DE JUNTAS. (BORME-C-2023-1169)
ACS, ACTIVIDADES DE CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS, S.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Jueves 30 de marzo de 2023

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mantenimiento de dichas condiciones, pudiendo solicitar, a estos efectos, la
aportación de todos los medios de prueba que considere necesarios. El accionista
que ejercitare esta modalidad de voto podrá votar los puntos del orden del día que
en el momento en que ejercitare su voto anticipado a distancia hubieren sido objeto
de publicación como complemento de convocatoria, según lo dispuesto en el
artículo 519.1 de la Ley de Sociedades de Capital o las propuestas fundamentadas
de acuerdo sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el orden del día de
la Junta convocada, según lo dispuesto en el artículo 519.3 de la Ley de
Sociedades de Capital, que se irán publicando, en su caso, en la página web
corporativa a medida que se vayan recibiendo.
3.- Reglas comunes respecto al voto anticipado emitido por correo postal y por
medios electrónicos. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 27.5 del Reglamento
de la Junta General, el voto emitido por cualquiera de los medios previstos en los
apartados anteriores habrá de recibirse por la Sociedad antes de las veinticuatro
horas del día inmediatamente anterior al previsto para la celebración de la Junta
General de accionistas en primera o en segunda convocatoria, según corresponda.
El voto anticipado emitido por medios de comunicación a distancia quedará sin
efecto: (a) Por revocación posterior y expresa efectuada por el mismo medio
empleado para la emisión y dentro del plazo establecido para esta. (b) Por
asistencia, física o telemáticamente, a la reunión del accionista que lo hubiera
emitido. (c) Por la enajenación de las acciones, con anterioridad a la celebración
de la Junta, de la que tenga conocimiento la Sociedad. Si en la emisión del voto
por medios de comunicación a distancia no se incluyeran instrucciones expresas, o
sólo se incluyeran respecto de algunos de los puntos del orden del día de la
convocatoria, se entenderá, salvo indicación expresa en contrario del accionista,
que el voto se refiere a todos los puntos comprendidos en el orden del día de la
convocatoria de la Junta General de accionistas y que se pronuncia a favor de las
propuestas formuladas por el Consejo de Administración. Desde la publicación del
anuncio de convocatoria y hasta la celebración de la Junta General, la Sociedad
publicará ininterrumpidamente en su página web www.grupoacs.com y remitirá de
forma inmediata y gratuita a los accionistas que así lo soliciten, los formularios
precisos para la revocación del voto anticipado a distancia emitido.
VI. Asistencia Telemática a la Junta General.
Los accionistas que tengan derecho de asistencia y sus representantes
podrán asistir a la Junta General a través de medios telemáticos. Para garantizar la
identidad de los asistentes, el correcto ejercicio de sus derechos, la interactividad
en tiempo real y el adecuado desarrollo de la reunión, los accionistas que deseen
asistir a la Junta General, personalmente o por medio de representante, deberán
registrarse a través de la "Plataforma de Participación Electrónica" (https://
portal.juntaaccionistas.net/ACS/index.html) instalada en la página web de la
Sociedad, www.grupoacs.com, en los términos previstos en el apartado 1
siguiente. Una vez que el accionista o su representante se haya registrado en la
Plataforma de Participación Electrónica podrá asistir y votar en la Junta a través de
medios de comunicación a distancia en tiempo real.
1.- Registro, solicitud de asistencia y asistencia telemática: Con la finalidad de
permitir la adecuada gestión de los sistemas de asistencia telemática, el accionista
que desee asistir a la Junta y votar en tiempo real a través de medios telemáticos
deberá:
(a) Registrarse como Usuario Registrado en la Plataforma de Participación
Electrónica disponible en la página web de la Sociedad (www.grupoacs.com),

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